Tribunal Internacional por los Derechos de la Naturaleza emite sentencia por el caso TIPNIS

La sentencia concluye que Estado Plurinacional de Bolivia ha violado los Derechos de la Naturaleza y de los pueblos indígenas en calidad de defensores de la Madre Tierra y formula una serie de medidas de reparación inmediata para el caso TIPNIS.

Este 15 de mayo el Tribunal Internacional de los Derechos de la Naturaleza (en adelante el Tribunal) ha hecho pública en su sitio web la sentencia sobre la denuncia de violación a los Derechos de la Naturaleza en el caso del Territorio Indígena y Parque Nacional Isiboro Sécure (TIPNIS).

El caso del TIPNIS fue presentado por representantes de la subcentral del TIPNIS y la organización de mujeres del TIPNIS ante el Tribunal durante su sesión en Bonn, Alemania el 7 y 8 de noviembre de 2017. El Tribunal aceptó considerar el caso en enero del 2018 y decidió enviar una Comisión Internacional de Observadores a Bolivia para constatar los hechos y entrevistarse con todas las partes involucradas. Después de su visita a Bolivia, la Comisión conformada por Alberto Acosta (Ecuador), Shannon Biggs (EUA), Enrique Viale (Argentina) y Hana Begovic (Suecia), presentó su informe en enero del 2019, en base al cuál el Tribunal emite la respectiva sentencia por la cual concluye que en el caso del TIPNIS el Estado Plurinacional de Bolivia ha violado los Derechos de la Naturaleza y de los pueblos indígenas en calidad de defensores de la Madre Tierra, a la vez que ha incumplido con su obligación de respetar, proteger y garantizar los Derechos de la Madre Tierra, según lo establecido en su propio marco jurídico nacional y la normativa internacional relacionada (p.82).

La región que hoy se conoce como TIPNIS fue denominada “la selva más hermosa del mundo“ por el famoso naturalista francés Alcides D’Orbigny (1802-1857). Este territorio se convirtió en la “Loma Santa”, en la “Casa Grande” donde los pueblos indígenas Mojeño Trinitarios, Yuracares y Tsimanes encontraron refugio durante la “fiebre del caucho” a fines del siglo XVIII y principios del siglo IXX. Esta región fue declarada Parque Nacional en 1965, y en 1990, después de la Primera marcha por el territorio y la dignidad indígena, asumió la doble categoría de Parque Nacional y Territorio Indígena. El 13 de febrero de 2009, los pueblos Yuracaré, Tsimane y Moxeño Trinitario obtuvieron el Título Ejecutorial saneado por 1.091.656 hectáreas, cifra disminuida respecto de la demanda inicial debido a los asentamientos de migrantes andinos y de los valles que se dedicaron principalmente a la plantación de cultivos de hoja de coca en la zona que se conoce como el “polígono 7” dentro del TIPNIS.

El año 2008 el gobierno de Evo Morales contrató a la empresa OAS de Brasil para la construcción de una carretera que dividiría el área protegida del TIPNIS, sin nunca llevar a cabo un Estudio de Evaluación de Impacto Ambiental integral de los tres tramos en los que se fragmentó esta carretera.

En octubre de 2011, la Octava Marcha Indígena, después de sufrir la represión de fuerzas policiales en la localidad de Chaparina, logró la promulgación de la Ley 180 de protección del TIPNIS que en su artículo tres prohibía expresamente que la carretera Villa Tunari – San Ignacio de Moxos o cualquier otra a travesará por el TIPNIS.

El informe de la Comisión Internacional de Observadores que visitó Bolivia entre el 15 y el 23 de Agosto del 2018 presentó evidencias suficientes en sentido de que la mencionada carretera ampliará la deforestación ya presente en el polígono 7, y llevará a la expansión de la producción de hoja de coca, a la afectación de la biodiversidad y a la perdida irreparable de diferentes seres de la naturaleza. Así mismo el informe de la Comisión presenta evidencias de que no se realizó una consulta previa para el consentimiento libre, informado y de buena fe a los pueblos indígenas del TIPNIS y que los procesos de colonización en el polígono 7 tienen ya impactos negativos en la vida de estos pueblos.

En base a todas estas evidencias el Tribunal Internacional de Derechos de la Naturaleza encuentra probada la denuncia de que el Estado Plurinacional de Bolivia y en particular el Gobierno de Evo Morales Ayma violan los derechos de la Madre Tierra en el caso del TIPNIS. Así mismo el Tribunal considera que el Estado boliviano ha violado los derechos colectivos e individuales de las naciones y pueblos indígena del TIPNIS.

La sentencia del Tribunal propone varias medidas de reparación inmediata entre las que destacan:

  • La paralización inmediata y definitiva de cualquier tipo de avance en la construcción de infraestructura vial en el denominado tramo II desde Isinuta a Monte Grande al interior del TIPNIS.
  • La abrogación de la Ley No. 969 y posterior elaboración y promulgación de una ley que garantice la conservación y protección del TIPNIS.
  • El reconocimiento del derecho territorial y autonomía del área de las ex concesiones forestales de Bosque de Chimanes a favor del Territorio Indígena Multiétnico (TIM), para garantizar el control y gestión de la zona norte del TIPNIS.
  • La adopción de medidas efectivas para detener el avance de la colonización hacia la zona núcleo del TIPNIS.
  • La anulación de los planes de expansión petroleros en el TIPNIS.
  • La identificación y sanción de los responsables de las violaciones a los Derechos Humanos en el año 2011 en Chaparina.

Seis años después, en 2017, la ley 180 fue abrogada por la ley 969 y es el motivo principal que llevó a la presentación de este caso ante el Tribunal Internacional de Derechos de la Naturaleza.

  • El reconocimiento de responsabilidad Estatal en la falta de justicia hasta el momento y la otorgación de disculpas públicas por parte del presidente del Estado Plurinacional de Bolivia.
  • La puesta en vigencia de la Defensoría de la Madre Tierra, que a nueve años de su creación por la ley No 71 aún no entra en funcionamiento.
  • El cese de toda presión para disciplinar y controlar a las organizaciones que defiende a la Madre Tierra y la otorgación de plenas garantías para que cumplan con esta labor fundamental para la reproducción de la vida en la Tierra.

El Tribunal Internacional de los Derechos de la Naturaleza fue creado en el 2013 y sus sentencias se basan principalmente en la Declaración Universal de los Derechos de la Madre Tierra que fue adoptada durante la I Conferencia Mundial de los Pueblos sobre Cambio Climático y por los Derechos de la Madre Tierra realizada en abril del 2010 en Tiquipaya, Cochabamba, Bolivia. Las resoluciones y sentencias del Tribunal tienen un carácter ético que es fundamental para construir una verdadera comunidad de la Tierra que evite la sexta extinción de la vida en la Tierra. Sin ética ningún gobierno, institución o persona puede recuperar la humanidad que hoy más que nunca se necesita para evitar el colapso de los ciclos vitales de la Tierra.

El Tribunal está conformado por jueces y juezas de reconocida autoridad ética y científica respecto a los Derechos de la Naturaleza, nombrados por defensoras y defensores de la Madre Tierra de diferentes partes del mundo. En el caso particular de esta sentencia y en vista de que del gobierno de Evo Morales promueve internacionalmente los derechos de la Madre Tierra, se ha solicitado la revisión de la sentencia por otros jueces y juezas que han participado en diferentes audiencias del TIDN y que suscriben la presente sentencia. Los miembros del Tribunal Extendido que firman la misma son: Tom Goldtooth (Dine’ y Dakota, EUA), Cormac Cullinan (Sudáfrica), Vandana Shiva (India), Osprey Orielle Lake (EUA), Simona Fraudatario (Italia), Fernando «Pino» Solanas (Argentina), Ute Koczy (Alemania), Yaku Pérez (Kichwa Ecuador), Blanca Chancoso (Kichwa Ecuador), Maristella Svampa (Argentina), Ruth Nyambura (Kenya), Nnimmo Bassey (Nigeria), Ashish Kothari (India), Enrique Leff (México), Francesco Martone (Italia), Antoni Pigrau (Catalunya), Casey Camp Horinek (Ponca, EUA), Antonio Elizalde (Chile), Horacio Machado Aráoz (Argentina), Rita Segato (Argentina), Valerie Cabanes (Francia), Arturo Escobar (Colombia), Rocío Silva Santiesteban (Perú), Patricia Gualinga (Kichwa Sarayaku), Atossa Soltanio (EUA, IRAN), y Mario Melo (Ecuador).

Ver sentencia en español

Resolución 01/2018 Territorio Indígena Parque Nacional Isiboro Sécure – TIPNIS. Trinidadcito 17 de Agosto del 2018

[2018, Subcentral TIPNIS] Ratifican su rechazo a la Ley 969, solicitan al TIDN atención pronta y comprometida de la denuncia realizada en Bonn Alemania, entre otras cosas. Sigue leyendo Resolución 01/2018 Territorio Indígena Parque Nacional Isiboro Sécure – TIPNIS. Trinidadcito 17 de Agosto del 2018

Tribunal recibe elusiva respuesta del Gobierno de Bolivia sobre el caso TIPNIS

El Gobierno del Estado Plurinacional de Bolivia, a través del ministro de Gobierno, Carlos Romero, envió una comunicación al Tribunal Internacional por los Derechos de la Naturaleza con información sobre los Derechos de los Pueblos y Naciones Indígenas Originarias Campesinas. En dicha comunicación no se responde al cuestionario acordado en la reunión sostenida, en La Paz, con el señor ministro Romero, la vicecanciller y la viceministra del Ambiente, y los miembros de la Comisión del Tribunal durante su reciente visita a Bolivia del 15 al 24 de agosto del presente año. Las preguntas formuladas en dicho cuestionario, en el marco de lo que entendemos es el derecho a la información, que rige también en Bolivia, son muy claras y concretas. Razón por la que no deja de sorprender la evasiva del Gobierno boliviano.

 

La mencionada visita se originó a raíz de la denuncia presentada por parte de delegados del Subcentral Indígena del TIPNIS, en la pasada sesión plenaria del Tribunal realizada en la ciudad de Bonn, Alemania, en noviembre de 2017. Representantes de las comunidades afectadas por la vulneración de sus derechos y el ataque al que ha sido sometida la Madre Tierra en el TIPNIS y otras regiones de Bolivia, así como las afectaciones a los derechos de las comunidades que habitan en esas regiones, solicitaron una visita in situ para que el Tribunal pueda verificar dichas violaciones. Acogiendo esta denuncia el Tribunal envió una comisión conformada por cuatro integrantes, Alberto Acosta (Ecuador), Shannon Biggs (EUA), Enrique Viale (Argentina) y Hana Begović (Suecia).

Luego de una solicitud entregada previa al viaje, a través de la Embajada de Bolivia en Quito, en donde se solicitaba inclusive una reunión con el presidente Evo Morales, dicha Comisión realizó la visita de evaluación en el corazón del TIPNIS: Trinidadsito. En ese marco, luego de haber sido impedido su ingreso al Polígono Siete, a donde también fueron invitados por el CONISUR, se logró concretar una reunión con los mencionados funcionarios del Gobierno boliviano. En aquella ocasión, reunidos en el Ministerio de Gobierno, los miembros de la Comisión informaron sobre su visita y formularon una serie de preguntas, que ofreció responder el Gobierno boliviano a partir de un cuestionario que enviaría el Tribunal.

Puede leer: Cuestionario entregado al Gobierno boliviano

El acordado cuestionario fue entregado a través de la Embajada del Estado Plurinacional de Bolivia en Quito-Ecuador el día 18 de septiembre pasado. El día 10 de octubre, se recibió una carta por parte de Juan Enrique Jurado Ruiz, Embajador del Gobierno de Bolivia, en Quito-Ecuador, con un oficio por parte del Ministerio de Gobierno boliviano, con fecha 27 de septiembre, en el que responden con tres puntos a la carta entregada el 18 de septiembre. Sin embargo, como se mencionó, esta misiva no responde a las respuestas a las preguntas del cuestionario, sino que se evade el tema con un documento del Estado Boliviano y su trabajo con Pueblos y Naciones Indígenas Originarias Campesinas.

Ante la misiva que elude responder al Tribunal sobre el cuestionario, la Comisión, espera concluir en breve el informe sobre su visita a Bolivia con los datos recopilados durante su vista y la valiosa y abundante información que proporciona la sociedad civil boliviana. Este informe será puesto a consideración del Tribunal y luego se entregará a las comunidades del TIPNIS, al Gobierno y a la sociedad civil boliviana, así como a la comunidad internacional. Se presentará el informe después de haber hecho todos los esfuerzos para escuchar y recibir información de las partes involucradas.

Puede ver: Video sobre la visita de la Comisión del Tribunal al corazón del TINIS

Nota de prensa completa

Población indígena y colona en el TIPNIS ¿qué dicen los Censos?

Por: Marielle Cauthin / 12 de octubre de 2018

Durante los últimos 25 años la población de familias colonizadoras asentadas al sur del Parque Nacional Isiboro Sécure (PNIS) casi se habría duplicado, con una fuerte elevación poblacional concentrada sobre todo durante los últimos 15 años. Estas cifras indican que los colonos cocaleros superan en densidad a la población indígena propietaria de la TCO TIPNIS, fagocitando cultural y territorialmente sobre todo a las comunidades yuracarés y mojeñas asentadas en el polígono 7.

Estos son algunos datos que ayudan a entender la presión política y cultural colona sobre los indígenas del TIPNIS; y ayudan a comprender las dudas expresadas por el Tribunal Internacional de Derechos de la Naturaleza (TIDN) ante el gobierno de Bolivia, que el pasado 19 de septiembre presentó un cuestionario de 30 preguntas, sobre el caso del Territorio Indígena y Parque Nacional Isiboro Sécure (TIPNIS).

Población indígena

  1. Podría detallar el número y nombre de las comunidades indígenas Yuracarés, Tsimanes y Mojeño-Trinitarios que existían dentro el polígono siete del Parque Nacional Isiboro Sécure, según el censo indígena del Parque Nacional Isiboro Sécure de 1993, y explicarnos cuál es su actual situación en términos de titulación colectiva de la tierra, preservación de su idioma, fortalecimiento de su cultura y acceso a su territorio ancestral.

Titulación del Parque Nacional Isiboro Sécure y de la Tierra Comunitaria de Origen

El Territorio Indígena y Parque Nacional Isiboro Sécure (TIPNIS) fue declarado primero Parque Nacional en 1965, mediante Decreto Ley 7401[i], con una extensión original de 1.225,347 hectáreas. En 1990, después de la Primera marcha indígena por el territorio y la dignidad, mediante Decreto Supremo 22610[ii], asume doble categoría: Parque Nacional y Territorio Indígena. En 1997 los pueblos indígenas del TIPNIS reciben el Título Ejecutorial[iii] emitido por el Instituto Nacional de Reforma Agraria (INRA) para la Tierra Comunitaria de Origen (TCO) TIPNIS. El 13 de febrero de 2009, los pueblos Yuracaré, Tsimane y Moxeño Trinitario obtuvieron el Título Ejecutorial saneado para la TCO-NAL 000229[iv] a nombre de la Subcentral TIPNIS, el que otorga a sus titulares la propiedad colectiva agraria por una extensión final de 1.091.656 hectáreas.

Esta extensión representa la disminución de 133.691 hectáreas entre la delimitación de la TCO y la del PN. El recorte de hectáreas respecto de la demanda inicial se debe a que para el momento de la titulación se reconoció los asentamientos de migrantes andinos (llamados colonos), que habían avasallado al Parque Nacional desde fines de los años 60 con la actividad agrícola casi exclusiva de cultivos de coca, ocupando lo que hoy se conoce como polígono 7. En 2014 el INRA saneó el llamado polígono 7, mediante el Informe INF-DGS JRV N° 269/2014, con un área de 1.119,5 km2 (111.9 ha). Este polígono está titulado en favor de 74 comunidades o sindicatos campesinos (UNODC, 2014). Gran parte de esta titulación no es colectiva sino individual, y la única comunidad indígena como tal -con titulación colectiva y de origen mojeño- es Santísima Trinidad[v], ubicada en el corazón del polígono 7 (Rumbol; Sernap, 2011).

Población e idiomas

El Censo Indígena de 1993[vi] realizado por el Instituto Nacional de Estadística (INE) daba un total de población de 4.563 habitantes en todo el TIPNIS: 2.373 (hombres) y 2.190 (mujeres). Si bien el Censo no discriminaba la extensión de lo que hoy es el polígono 7 -porque en ese entonces todavía no estaba delimitado-, sí se organizó la cuantificación por población asentada en comunidades, que llegaba a 4.265 personas dispuestas en las comunidades registradas. Este Censo establecía que en el Parque Nacional Isiboro Sécure 3.178 personas hablaban castellano, 1.819 hablaban moxeño, 859 hablaban yuracaré y 178 hablaban tsimane (chimán).

Por su parte, el Censo de 2001 daba una población de 3.612 habitantes en el TIPNIS, repartida en 44 comunidades localizadas en las riberas de los ríos Isiboro, Sécure e Ichoa, mientras se registraban también 47 sindicatos colonos en la zona sur (Rumbol; Sernap, 2011). Estos datos fueron refutados por las comunidades y, según la Evaluación Estratégica Ambiental (Rumbol; Sernap, 2011), contrario al dato del Censo de 2001; en 2010 el Municipio de San Ignacio de Moxos afirmaban la existencia en el TIPNIS de 64 comunidades con una población total de 4.563 habitantes, sin contar a la población campesina-colonizadora del sur. El Censo de 2012 arrojaba una población indígena de 3.399 personas entre los vivientes en la TCO (3.302) y dentro del polígono 7 (385) (Colque, 2017).

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Así como en su momento las organizaciones cuestionaron los resultados del Censo 2011, en 2012 también el INE explicó que podría haber un subregistro en la cuantificación, debido a que para ese entonces el conflicto carretero derivó en susceptibilidades y resistencia de las comunidades hacia el registro en el Censo. De hecho, el INE sostenía que posiblemente el “40 por ciento del Territorio Indígena y Parque Nacional Isiboro Sécure (TIPNIS) quedarían fuera del censo si sus dirigentes no permiten el ingreso de las brigadas de actualización cartográfica a la zona donde persisten los bloqueos en los ríos”[vii]. En ese contexto, los datos de población registrada en la TCO deben tomarse solo como referenciales.

Otra lógica para comprender la dinámica poblacional en el territorio es la sugerida por el informe de la Defensoría del Pueblo[viii] (2011), que grafica de mejor forma el rasgo de movilidad de las comunidades y sentamientos alrededor de los ríos del TIPNIS: “en el río Sécure se distribuyen aproximadamente 17 comunidades y asentamientos de familias extendidas, donde destacan San Bernardo, San Lorenzo, Oromomo y Asunta; las comunidades indígenas aguas arriba de este río (arriba Oromomo) son exclusivamente Chimanes. En el río Isiboro al Este existen cerca de 13 comunidades y asentamientos dispersos, destacando San Pablo, Santa María (juntas Ichoa-Isiboro), Naranjito, Limoncito, Santa Rosa; una importante proporción de población es Yuracaré. A lo largo de los ríos Lojojota, Yamiyota e Ipuri próximos al Isiboro en el Oeste, existen varias comunidades y asentamientos yuracarés (8), en tanto que en sus nacientes del pie de monte se encuentra la comunidad mojeña de Santísima Trinidad. A lo largo del río Ichoa, en el centro del área, existen 5 comunidades y asentamientos dispersos destacando Puerto Esperanza y Moleto, cerca al pie de monte. A lo largo del río Chimimita afluente del río Ichoa, se distribuyen cerca de 5 comunidades y asentamientos dispersos. En tanto en el río Plantota existen 6 comunidades y asentamientos dispersos destacando San Juan de Natividad. El arroyo Chajmota en el Norte, afluente del río Isiboro alberga en sus terrazas dos comunidades mojeñas. Además de otras 10 comunidades dispersas” (Defensoría del Pueblo, 2011).

  1. Podría informarnos qué cantidad de colonos habían en el polígono siete del Parque Nacional Isiboro Sécure a principios de la década del 90, según los diferentes censos, y qué cantidad de colonos habitan ese territorio en la actualidad.

Según datos de la Evaluación Estratégica Ambiental (Rumbol; Sernap, 2011), la colonización dentro del TIPNIS “se desarrolla” con mayor fuerza en los años 80 con la migración masiva de campesinos y mineros andinos que se enfrentan a una debacle económica: “bajo factores combinados de una economía campesina en crisis que arrastra grandes sequías en el Norte de Potosí y un proceso de parcelación extrema de la tierra, junto con la desestructuración de la minería estatal de COMIBOL que arrojó un contingente importante de mineros relocalizados que llegan a la región” (Rumbol; Sernap, 2011). La característica del tipo de colonización del TIPNIS es que estos sectores se dedicaron exclusivamente al monocultivo de coca, distinta a la diversificación de otras zonas colonizadas que emprendieron cultivos de cítricos, arroz, frutos tropicales como el plátano y la papaya, entre otros.

Poblacionalmente hablando, la Evaluación Estratégica Ambiental[ix] (Rumbol; Sernap, 2011) rastrea estudios sobre la zona de colonización que muestran que en 1978 el TIPNIS ya estaba ocupado por 40 familias colonas. El Censo de 1992 estableció que en la zona vivían 7.905 colonos organizados en 40 sindicatos; por su parte la investigación de Hoffman (1994) sostenía que para 1994 la zona contaba con 9.758 colonos.

El Censo de 2001, contrario a la dinámica en alza que se veía contabilizó 6.354 habitantes colonos organizados en 47 sindicatos; reafirmando esta cifra, Bogado (2002) señalaba que para el año 2001 el TIPNIS contaba con una población de 6.542 colonizadores (Rumbol; Sernap, 2011). Según el Censo de 2012 sería 56 las comunidades -campesinas cocaleras- registradas ahí[x] (Colque, 2018). En tanto que el saneamiento del INRA habría titulado a 74 comunidades o sindicatos ubicados en el polígono 7 (UNODC, 2014). Los datos de población de 2012 para el polígono 7 indican un alza hasta 13.040 colonos, mientras que colonos fuera de esta área llegarían a 288, sumados la población no indígena en todo el TIPNIS llegaría a 13.328 habitantes (Colque, 2017). Como se puede apreciar los datos de población colona son oscilantes como los registros de población indígena, sin embargo demuestran una clara expansión y consolidación de permanencia en la zona.

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En contrapartida al incremento de población colona al sur del TIPNIS, el fenómeno que ocurre con la población indígena de la zona es la reducción de habitantes y comunidades, como expresa el cuadro superior. Los datos citados por Colque (2018) indican que para 2001 el SERNAP “había identificado hasta 16 asentamientos indígenas en la zona colonizada o polígono 7”. Según Colque (2018), actualmente tan solo cinco comunidades indígenas yuracarés y mojeñas conviven con los más de 60 sindicatos cocaleros. Estas comunidades serían: Limo del Isiboro, Mercedes de Lojojota, San Juan del Isiboro, Villa San Juan de Dios, Santísima Trinidad -según datos citados del Órgano Electoral Plurinacional (OEP)-; mientras el Instituto Nacional de Estadística (INE) añade también a la comunidad Secejsama[xi]: “Las comunidades indígenas como Fátima de Moleto, San José de Angostura, San Antonio de Moleto, San Benito, Sanandita y San Miguelito fueron reducidas territorialmente, arrinconadas y finalmente obligadas a reasentarse al otro lado de la “línea roja” que divide el Polígono 7 del territorio indígena. En lugar de estas comunidades indígenas se consolidan los sindicatos agrarios Moleto, Ichoa, Ismael Montes, Primavera, Puerto Liberación y Puerto Zudañez. La única comunidad indígena que todavía no sucumbe a esta desigual correlación de fuerzas es Santísima Trinidad, fundamentalmente debido a que está asentada en un territorio titulado y demarcado como una propiedad colectiva” (Colque, 2018).

La expansión colona, unida a la presión demográfica en la zona del polígono 7, también tuvo implicaciones sobre las formas de vida ancestrales, formas de autogestión, autoorganización y autoabastecimiento indígena de la zona; sobre todo respecto de las comunidades yuracarés, con demostrada presencia física y cultural histórica en lo que hoy es la zona avasallada del polígono 7: “El principal conducto de esta asimilación ha sido la incorporación indígena a la producción de coca mediante la adopción de este cultivo en las escasas tierras que no ocupó la colonización, y la venta de su fuerza de trabajo en los cultivos de los colonizadores. Sobre esta relación básica, la subordinación indígena tuvo rápida evolución social y política, consumándose también en la afiliación individual de los indígenas a los sindicatos de los colonizadores y, en general, en la progresiva adopción de las formas de vida de estos, aunque con  las importantes restricciones de la pobreza en grados que los colonizadores no suelen sufrir. Como puede comprenderse, todo ello impactó globalmente en la desaparición casi total de las estructuras que organizan y reproducen tradicionalmente a la sociedad indígena, y su substitución en esta población por las capitalistas y mercantiles transmitidas por la colonización[xii]” (Almaraz, 2018).

[i] https://tipnisboliviaorg.files.wordpress.com/2018/07/decreto-ley-07401-declaracic3b3n-del-parque-nacional-isiboro-sc3a9cure-1965.pdf
[ii] https://tipnisboliviaorg.files.wordpress.com/2018/07/decreto-supremo-22610-se-declara-el-pn-territorio-indc3adgena-y-pn-1990.pdf
[iii] https://tipnisboliviaorg.files.wordpress.com/2018/07/tc3adtulo-ejecutorial-inra-para-la-tco-1998.pdf
[iv] https://tipnisboliviaorg.files.wordpress.com/2018/10/tc3actulo-ejecutorial-inra-tco-tipnis-00121-2009.pdf
[v] https://tipnisboliviaorg.files.wordpress.com/2018/07/evaluacion-ambiental-estrategica-tipnis-rumbol-2011.pdf
[vi] https://tipnisboliviaorg.files.wordpress.com/2018/07/ine-1993-censo-indc3adgena-tipnis.pdf
[vii] https://www.elpaisonline.com/index.php/editorial/item/16914-ine-habitantes-del-40-del-tipnis-quedarian-fuera-del-censo-2012
[viii] https://tipnisboliviaorg.files.wordpress.com/2018/07/informe_defensorial_intervencion_marcha_indigena-tipnis-2011.pdf
[ix] https://tipnisboliviaorg.files.wordpress.com/2018/07/evaluacion-ambiental-estrategica-tipnis-rumbol-2011.pdf
[x] http://www.ftierra.org/index.php?option=com_mtree&task=att_download&link_id=176&cf_id=75
[xi] http://www.ftierra.org/index.php?option=com_mtree&task=att_download&link_id=176&cf_id=75
[xii] http://www.ftierra.org/index.php?option=com_mtree&task=att_download&link_id=176&cf_id=74

Coca en el TIPNIS: escasa erradicación contra permanente expansión

Por: Marielle Cauthin / 11 de octubre de 2018

El Parque Nacional Isiboro Sécure (PNIS) es catalogado como por la Oficina contra las drogas y el delito de Naciones Unidas como “el Parque con mayor cantidad de coca en el país”. Es por esto que el Tribunal Internacional de Derechos de la Naturaleza (TIDN) envió al gobierno de Bolivia el pasado 19 de septiembre un cuestionario de 30 preguntas, entre las que figuran seis cuestiones relativas a la confrontación de datos sobre el avance de cultivos de coca ilícitos en el Parque Nacional.

Los datos históricos muestran, por ejemplo, que en 2004 se llegaron a cuantificar hasta 2.807 hectáreas de cultivos de coca ubicados en la zona denominada polígono 7 (UNODC, 2004). Precisamente en esa década las comunidades indígenas del TIPNIS, el Servicio Nacional de Áreas Protegidas (SERNAP) y el gobierno plantearon poner un límite a la expansión de cultivos, esa frontera se denominó «línea roja» y hasta la fecha sigue siendo avasallada por cultivos ilícitos de coca. Pero lo que ocurre en el TIPNIS también viene ocurriendo en otros parques nacionales. Actualmente las Áreas Protegidas Apolobamba, Madidi, Cotapata y Amboró fueron invadidas por cultivos de coca; éstos representarían en 2015 el 7.2% del total nacional; en 2016 el 8,7%; y 2017 en 7.4%.

A partir de 2013 el monitoreo de UNODC separa los cultivos hallados dentro del polígono 7 –que son contabilizados a nivel nacional como parte de los cultivos de la zona del Chapare- y los cultivos hallados fuera del polígono 7 dentro de la TCO. Pero la suma de ambos cultivos afectan territorio del Parque Nacional, es así que sumando los cultivos dentro del polígono 7 y los cultivos ubicados fuera de la línea roja del polígono 7, en 2015 se habrían hallado 873 ha. de coca en todo el Parque Nacional Isiboro Sécure; en 2016 se hallaron 1.263 ha; y en 2017 se habrían hallado 1.142 ha. Tomando en cuenta estos totales, comparativamente entre 2015 y 2016 hubo un incremento de 390 hectáreas, entre 2015 y 2017 hubo un incremento de 269 hectáreas. ¿Por qué los niveles históricos de cultivos de coca en el PNIS se mantienen casi estables alrededor de las mil hectáreas, si son totalmente ilegales? ¿si el fenómeno de expansión de cultivos a otros parques nacionales expresa las leves bajas de cultivos dentro del PNIS, podemos hablar de un «efecto contagio»? ¿A quién le beneficia la segregación de datos a partir de 2013 entre cultivos dentro el polígono 7 y cultivos fuera de la línea roja?

Cultivos de coca

  1. Podría clarificarnos qué cantidad de hectáreas de cultivos de coca existían el año 2004 en el polígono siete del Parque Nacional Isiboro Sécure, cuando se suscribió el convenio entre el expresidente Carlos Mesa y Evo Morales, presidente de las Seis Federaciones del Trópico de Cochabamba.

Según el Monitoreo de cultivos de hoja de coca, realizado de forma anual por la Oficina contra las drogas y el delito de Naciones Unidas (UNODC por sus siglas en inglés), entre 2003[i] y 2004[ii], el cultivo de coca se incrementó en un 71% en los parques nacionales Madidi, Isiboro Sécure y Carrasco, pasando de 2.400 a 4.100 ha. El cultivo de coca en estas áreas no estaba permitido por la Ley 1008 vigente en ese entonces, por lo que esas plantaciones debían ser erradicadas de manera forzosa. En 2004 –año al que hace referencia la pregunta- los parques Isiboro Sécure y Carrasco, con áreas ubicadas dentro de la provincia Chapare, representaban el 40% del cultivo total de coca de esa zona.

Ahora bien, aunque los reportes de UNODC en esta etapa no discriminaban el polígono 7 como tal, el monitoreo alcanzaba al “área de colonización del parque Isiboro Sécure”[iii] (en gran medida consolidado dentro del polígono 7 con el posterior saneamiento del Instituto Nacional de Reforma Agraria – INRA), zona que en 2003 presentaba 1.605 ha de cultivos, pasando a 2.807 ha en 2004, esto marcó el hito de mayor expansión de cultivos de coca en el Parque Nacional Isiboro Sécure, considerado como “el Parque con mayor cantidad de coca en el país”: “Una posible explicación para este incremento es la presión existente para reducir el cultivo de coca a través de la erradicación en los centros de producción, que ha empujado a los agricultores a establecer nuevos cultivos en áreas remotas (UNODC, 2004).

Entre 2004 y 2005 la UNODC subrayó una disminución del 35% de cultivos fruto del acuerdo político de 2004 entre los sindicatos productores de coca y el gobierno de Carlos Mesa para la zona avasallada del PN (UNODC, 2005[iv]). Empero, en términos generales la cantidad de cultivos de coca dentro del Isiboro Sécure se mantuvo significativamente estable alrededor de las 1.000 ha, lo que lleva a considerar que la política de erradicación de ese momento, sobre todo la aplicada en Parques Nacionales, no tuvo suficiente impacto para frenar el proceso: colonización – frontera agrícola – deforestación. Para apreciar esto, el siguiente cuadro explica la progresión histórica de cultivos de coca en la “zona colonizada” del Parque Nacional Isiboro Sécure, entre 2003 a 2017.

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Según UNODC, el significativo incremento de 2006 “puede atribuirse a la ausencia de erradicación durante el 2006 en esta área aislada” (UNODC, 2006[v]), unida a la política del gobierno de permitir “un cato” (0.16 ha) de coca por afiliado. De forma paralela, a partir de estas gestiones se va observando el fenómeno de dispersión de cultivos a otros parques nacionales. El informe de 2011[vi] de la UNODC estableció que las Áreas Protegidas Apolobamba, Madidi, Cotapata y Amboró habrían sido invadidas con 151 hectáreas de cultivos de coca, sin embargo son los parques nacionales Isiboro Sécure y Carrasco, colindantes a los municipios productores de coca del Chapare, los que cuentan con  la mayor proporción de cultivos de coca establecidos.

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  1. Podría explicarnos cuáles son las razones del 28% de incremento en los cultivos de hoja de coca en el polígono siete pasando de 861 hectáreas a 1.109 hectáreas entre 2015 y 2017, según los informes de monitoreo de cultivos de coca de UNODC.

Dos elementos son significativos para comprender los indicadores de decremento/incremento de cultivos entre 2015 y 2017: a) el saneamiento del Instituto Nacional de Reforma Agraria dentro las áreas protegidas Isiboro Sécure y Carrasco; y b) el tránsito en la aplicación de la nueva Ley de coca 906 que amplía la cantidad de cultivos de coca.

a) Tomando como base el cuadro anterior, es posible advertir un baja radical en la cantidad de cultivos dentro de parques nacionales a partir del año 2013. Este fenómeno ocurre no porque la erradicación haya mejorado su rendimiento, sino debido a la interpretación hecha por UNODC sobre el saneamiento del INRA -Informe INF-DGS JRV N° 269/2014[vii]– que identificó y tituló tierras de 74 comunidades en el perímetro denominado “polígono 7” con un área de 1.119,5 km2 dentro del Parque Nacional Isiboro Sécure y delimitó la “línea roja” aplicada al Parque Nacional Carrasco. Con esta lógica, entre 2013 y 2014 los cultivos de coca ubicados dentro de estas áreas protegidas no fueron cuantificados como parte de éstas sino como parte del área monitoreada del Trópico de Cochabamba. Como consecuencia, la superficie cuantificada con cultivos de coca en el Parque Isiboro Sécure muestra la ilusión de un decremento del 98%” (UNODC, 2013[viii]). Esta interpretación de la aplicación del saneamiento, como se verá más adelante, afecta los intereses del Parque Nacional.

b) Por otra parte, el informe 2017[ix] de UNODC indica que hasta 2016 la superficie con cultivos de coca en “zonas autorizadas” estaba regulada por la Ley 1008 de 1988 y por el Decreto Supremo 22099 de 1988. A partir de 2017 la superficie con cultivos de coca en “zonas autorizadas” pasa a ser regulada por la Ley 906 de marzo de 2017, que establece una nueva zonificación para cultivos lícitos: 14.300 hectáreas para La Paz y 7.700 para Cochabamba, en lo que antes eran la zona de producción tradicional (Yungas de Vandiola) y la zona de producción excedentaria en transición (provincias Chapare, Carrasco, Tiraque y Araní)[x]. En este tránsito de aplicación de la norma, los resultados del monitoreo demostraron un incremento a nivel nacional del 14% entre 2015 a 2016, llegando Bolivia a las 23.100 ha de cultivos de coca (UNDOC, 2016[xi]). El informe de UNODC de 2018[xii] establecía esta correlación: “Bolivia representó el 10% del cultivo mundial de coca en 2016, cuando el área cultivada de coca llegó a 23.100 hectáreas. El incremento de 14% del cultivo de coca en Bolivia en 2016 terminó la tendencia descendente que comenzó en 2010, la cual fue el resultado, entre otros factores, de una política gubernamental basada en reducciones «voluntarias» del cultivo de coca, que fue paralela a la erradicación, particularmente en parques nacionales y otras áreas en zonas de cultivo no permitidas” (UNODC, 2018).

3. Podría explicarnos cuáles son las razones por las que los cultivos de hoja de coca se han incrementado 275% en el Parque Nacional Isiboro Sécure (excluyendo el Polígono Siete) pasando de 12 a 33 hectáreas entre los años 2015 y 2017 según los informes de UNODC.

Por los datos expuestos en las respuestas a las preguntas 9 y 10, queda claro que el incremento de áreas de cultivo de coca en el Parque Nacional Isiboro Sécure forma parte de una tendencia de expansión de cultivos en otras áreas protegidas con poco o nulo historial. Lo confirman los indicadores sobre la actividad agrícola cocalera en las áreas protegidas: Carrasco, Apolobamba, Madidi, Cotapata y Ámboro que -sumadas al Isiboro Sécure- demuestran que hubo un ciclo de leve descenso en los años 2011 a 2015 y que la tendencia desde 2015 vuelve en ascenso.

Hay que volver a subrayar que a partir de 2013 el monitoreo de UNODC separa los cultivos hallados dentro del polígono 7 –que son contabilizados a nivel nacional como parte de los cultivos de la zona del Chapare- y los cultivos hallados fuera del polígono 7 dentro de la TCO. La suma de ambos cultivos afectan territorio del Parque Nacional, sin embargo el INRA debiera explicar la correlación entre el saneamiento de titulación INF-DGS JRV N° 269/2014 y la aparente disminución de territorio del Parque Nacional Isiboro Sécure.

Con esa observación en las cifras ofrecidas por UNODC, resulta que sumando los cultivos dentro del polígono 7 y los cultivos ubicados fuera  de la línea roja del polígono 7, en 2015[xiii] se habrían hallado 873 ha. de coca en todo el Parque Nacional Isiboro Sécure; en 2016[xiv] se hallaron 1.263 ha; y en 2017 se habrían hallado 1.142 ha. Tomando en cuenta estos totales, comparativamente entre 2015 y 2016 hubo un incremento de 390 hectáreas, entre 2015 y 2017 hubo un incremento de 269 hectáreas.

graficas cultivo coca-05

Como sostenemos que el incremento comparativo de cultivos de coca va más allá del Isiboro Sécure y explica una dinámica general para otras áreas protegidas, en 2010 el total de hectáreas de cultivos de coca en parque nacionales sumaba 2.795 ha, bajando en 2012 a 2.156 ha, marcando su punto más bajo en 2015 con 1.458 ha, tomando en cuenta en esta suma las áreas avasalladas del Isiboro Sécure y Carrasco. Bajo este mismo razonamiento, entre 2015 a 2016 se ve un incremento de 545 ha y un leve descenso entre 2016 a 2017 de 178 ha.

Conducente con estos indicadores, en términos nacionales la superficie de cultivos de coca en Bolivia en 2015 llegó a las 20.200 ha; en 2016 se incrementó en 23.100 ha, lo que representó una elevación del 14%; para 2017 las hectáreas de coca llegaron a 24.500 ha, con un incremento del 6% respecto de la gestión anterior. Los cultivos de coca dentro de las áreas protegidas representarían en 2015 el 7.2% del total nacional; en 2016 el 8,7%; y 2017 en 7.4%.

  1. Podría explicarnos cuáles son las metas y plazos del gobierno del Estado Plurinacional de Bolivia para reducir los cultivos de coca en el polígono siete del Parque Nacional Isiboro Sécure.

Para el caso de cultivos excedentarios -donde se ubicaría el Parque Nacional Isiboro Sécure- la estrategia[xv] del gobierno boliviano indica que se debe proceder mediante la racionalización/erradicación en zonas legales e ilegales, donde figuran Áreas Protegidas, Parques Nacionales y Áreas no Permitidas. El programa 3.2 del pilar de control de cultivos excedentarios aplica el concepto de “control social” y “autocontrol” por parte de cada sindicato cocalero “para que ejerzan el autocontrol de la superficie de los  cultivos de coca permitida en zonas legales” (CONALTID, 2016). El programa 3.3 de mitigación de impactos tiene el objetivo de mitigar el impacto de la reducción de cultivos excedentarios de coca, con proyectos productivos, obras civiles y equipamiento (CONALTID, 2016)[xvi].

Las instituciones a cargo de la implementación de la estrategia nacional en el componente de racionalización/erradicación son: Comando Estratégico Operacional (CEO) – Teniente Gironda, la Fuerza de Tarea Especial, el Viceministerio de Coca y Desarrollo Integral a través de la Dirección General de Desarrollo Integral de las Regiones Productoras de Coca y el Viceministerio de Defensa Social y Sustancias Controladas a través de la Dirección General de Defensa Social. El CEO es el que se encarga de realizar operaciones de erradicación/racionalización en Parques Nacionales y Áreas Protegidas de Manejo Integrado, entre ellos Madidi, Carrasco, Isiboro Sécure, Amboró, Apolobamba, el Chore, Pilón Lajas y Tunari[xvii].

En específico esta estrategia no establece metas ni plazos para reducir cultivos de coca en el polígono 7 del Parque Nacional Isiboro Sécure. El viceministro de la Coca, Eulogio Condori, anunció en septiembre de 2018 que habrá reducción de cocales en la región del polígono 7, ante la presión de medios de comunicación y sociedad civil, debido a los datos del informe de la UNODC y a la prohibición de una visita al polígono por parte de la comisión del Tribunal de Derechos de la Naturaleza en agosto de 2018: “Lo que es en el Polígono 7 se está entrando a la racionalización, se va a entrar y ese es nuestro próximo objetivo”[xviii]; pero no se tienen nuevos datos más allá de lo declarativo.

En el informe de 2018, la UNODC recomienda al gobierno “evitar la expansión de los cultivos de coca a otros departamentos, como es el caso de la provincia Moxos en el departamento del Beni”. De la misma manera insta al gobierno a que a partir de 2017 se realicen un estudio de rendimiento de los cultivos de coca en las zonas de producción identificadas, y otro estudio sobre la conversión coca-cocaína, pero no existe una reflexión para ampliar estudios de impacto ambiental sobre cultivos de coca en zonas tradicionales y no tradicionales, así como unirlo a impactos de sustancias controladas en zonas de cultivo y deforestación/reforestación en zonas que sufrieron erradicación.

  1. Podría clarificarnos si la hoja de coca que se produce en el polígono siete es apta para su masticación tradicional (acullico), y cuál es el destino de las 2.270 a 3.065 toneladas de hoja de coca que se producen anualmente según parámetros de UNODC.

La Ley del Régimen de la Coca y Sustancias Controladas, conocida como Ley 1008, aprobada en 1998, contemplaba la erradicación voluntaria y forzosa. Esta norma clasificó tres zonas de producción de coca para Bolivia: 1. zona de producción tradicional; 2. zona de producción excedentaria en transición; y 3. zona de producción ilícita. Para la zona de producción tradicional, ligada a su condición apta para el consumo cultural, se tenía destinados 12.000 hectáreas: “Esta disposición reconocía como producción tradicional los cultivos minifundiarios de los subtrópicos de las provincias Norte y Sud Yungas, Murillo, Muñecas, Franz Tamayo e Inquisivi del departamento de La Paz y Los Yungas de Vandiola (parte de las provincias de Tiraque y Carrasco del departamento de Cochabamba)” (Colque, 2018[xix]). Para la zona de “producción excedentaria en transición” (provincias Saavedra, Larecaja y Loayza, las áreas de colonización de Yungas del departamento de La Paz y las provincias Chapare, Carrasco, Tiraque y Araní del departamento de Cochabamba) debían aplicarse planes anuales de reducción, sustitución y desarrollo alternativo. El resto del país fue declarado zona de producción ilícita de coca, categoría en la que entraba el Parque Nacional Isiboro Sécure y el resto de áreas protegidas.

A partir de marzo de 2017 el gobierno de Evo Morales reemplazó la Ley 1008 por la Ley 906 de Régimen General de la Coca. Esta norma en su Art. 15 realiza una nueva zonificación de los cultivos: a)  Zonas autorizadas; b) Zona no autorizada. En el Art. 16[xx] sobre las “zonas autorizadas de producción de coca”, establece que éstas “comprenden las zonas de producción originaria y ancestral, las zonas de producción originaria y ancestral con registro y catastro, y las zonas con registro y catastro”: “Las zonas autorizadas son aquellas en las que se produce coca para satisfacer necesidades de consumo, investigación e industrialización. Los cultivos de coca en estas zonas serán renovables y de por vida, sujeto al cumplimiento de la presente Ley”. Es así que las zonas Chapare, Carrasco y Tiraque de Cochabamba, antes consideradas como “zonas de producción excedentaria en transición” pasan a ser “zonas autorizadas de producción” (Ley 906, 2017[xxi]).  Este hecho “significa la legalización de los cultivos de la hoja de coca de Cochabamba en una extensión más o menos igual a la cantidad de hectáreas cultivadas en los últimos años” (Colque, 2018[xxii]). A partir de 2014 al conteo de coca en el Trópico de Cochabamba se suman los cultivos producidos en el polígono 7 del Parque Nacional Isiboro Sécure y de la Línea Roja del Parque Nacional Carrasco, debido a una interpretación hecha por la UNODC del saneamiento del INRA, es así que esta coca pasaría a ser catalogada bajo los mismos estándares de la coca del Chapare impuestos por la Ley 906.

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El problema con la legalización de las 7.700 hectáreas del Trópico de Cochabamba es que “más del 90 por ciento de la coca de esta región se comercializa en mercados no autorizados ni fiscalizados (…). La legalización supone que la hoja de coca producida está destinada al uso tradicional en su estado natural como “acullico” y otros usos rituales. Así, la nueva ley reabrió el debate nacional de cuántas toneladas de hoja de coca se necesitan para estos fines lícitos” (Colque, 2018).

Por otra parte, el Art. 17 de la Ley 906 establece que las “zonas no autorizadas” se encuentran fuera de la delimitación de las zonas autorizadas de producción de coca: “Queda prohibida la producción de coca en la zona no autorizada, sujeta a erradicación por el Ministerio de Gobierno en coordinación con el Ministerio de Desarrollo Rural y Tierras, sin perjuicio de la sanción penal y agravante cuando se trate de Áreas Protegidas y Reservas Forestales, conforme a Ley específica”. Por lo que se reafirma que la coca producida por fuera del polígono 7 está sujeta a erradicación. La cuestión es si la coca cultivada dentro del polígono 7 -como parte de la extensión territorial del Parque Nacional Isiboro Sécure- debe apegarse a la norma o bajo qué interpretación se aplica la política de racionalización para esa zona.

  1. Podría explicar cuál es el estado de la demarcación de la línea roja que delimita el polígono siete, y qué instancia se encarga de controlar el no avance de la zona colonizada dentro del territorio indígena del TIPNIS.

La “línea roja” es el límite de la zona ocupada por campesinos cocaleros fuera de la Tierra Comunitaria de Origen (TCO) propiedad de los pueblos indígenas Yuracaré, Tsimán y Mojeño Trinitario, al mismo tiempo esta ocupación se encuentra dentro del Parque Nacional Isiboro Sécure (PNIS) que por su condición prohíbe asentamientos. La presión por el avance de la colonización hizo que indígenas, campesinos colonos y el gobierno “pacten” en varios momentos los límites de la línea roja: “El proceso de demarcación de la línea roja comenzó a inicios de la década del 90 y hubo muchos momentos en los que se intentó acordar su delimitación y respeto de no transgresión por parte de los colonos. Entre éstos resaltan el encuentro de 1994 entre Evo Morales -presidente de las Seis Federaciones de productores de hoja de coca del Trópico de Cochabamba- y Marcial Fabricano, representante indígena, así como el acuerdo de 2006 que se firmó con Julio Salazar, entonces presidente de las Seis Federaciones, actual dirigente de Isinuta y exsenador por el MAS. Pero la línea roja nunca fue respetada por los cocaleros, que actualmente siguen avanzando dentro del Parque Nacional y la TCO” (Cauthin, 2018[xxiii]).

Desde los años 90 se documentan una serie de agresiones entre colonos cocaleros, guardaparques del Servicio Nacional de Áreas Protegidas (SERNAP) y comunarios indígenas. De hecho, “el mismo año que el presidente Evo Morales entregó el título de propiedad al Territorio Indígena y Parque Nacional Isiboro Sécure (TIPNIS) -en 2009-, al menos seis sindicatos cocaleros ocuparon áreas dentro de la Tierra Comunitaria de Origen (TCO), violando la frontera pactada para frenar el avasallamiento que vulnera la doble condición de protección legal del TIPNIS como Parque Nacional y Territorio Indígena. Explotación forestal ilegal, chaqueos, cultivos ilícitos de coca, pesca indiscriminada, apertura de brechas camineras prohibidas, intimidaciones a indígenas, asaltos y enfrentamientos armados con heridos y muertos marcaron el violento avance de los sindicatos de productores de hoja de coca 16 de Octubre, Estrella (Estrellita o Nueva Estrella) y Valle Encantado dentro de la TCO, a unos 15 kilómetros de la Línea Roja” (Cauthin, 2018).

En 2014 el Instituto Nacional de Reforma Agraria (INRA) delimitó y saneó el polígono 7 “al interior sureste del Área Protegida”, según informe INF-DGS JRV N° 269/2014 y “en el marco de la CPE Art. 385 parágrafo II” (UNODC, 2015); sin embargo, lo establecido estrictamente en el parágrafo II del Art. 385 sobre Áreas Protegidas dice: “Donde exista sobreposición de áreas protegidas y territorios indígena originario campesinos, la gestión compartida se realizará con sujeción a las normas y procedimientos propios de las naciones y pueblos indígena originaria campesinos, respetando el objeto de creación de estas áreas”. Así, el polígono 7 no se constituye en una zona de sobreposición pues esta área quedó fuera del saneamiento de la TCO, por lo que se debería regir a lo establecido en la norma para Áreas Protegidas nacionales.

Avance de los cultivos de coca dentro del TIPNIS

Monitoreo de Cultivos de Coca 2016

        Fuente: UNODC, 2016.

El saneamiento otorgó títulos de propiedad individual a los sindicatos campesinos del polígono 7 en calidad de “74 comunidades”, pero la actividad de cultivo ilícito de hoja de coca sigue expandiéndose dentro del parque como muestra el mapa superior, donde la mancha amarilla amenaza con llegar al centro del Parque Nacional. Si bien la expansión de cultivos de coca cuenta con un monitoreo anual, el avance de asentamientos colonos más allá de la frontera no cuenta con diagnósticos de este tipo, por lo que no sería desacertado pensar que el inicial rol que ejercían los guardaparques del SERNAP sobre todo en las décadas del 90 y 2000, como custodios de las fronteras del parque, haya desaparecido.

 

[i] http://www.unodc.org/pdf/bolivia/Bolivia_coca_survey_2003_es.pdf
[ii] http://www.unodc.org/pdf/andean/Bolivia_coca_survey_2004_es.pdf
[iii] https://www.unodc.org/pdf/andean/Bolivia_coca_survey_2004_es.pdf
[iv] http://www.unodc.org/pdf/andean/Bolivia_coca_survey_2005_esp.pdf
[v] http://www.unodc.org/pdf/research/icmp/bolivia_2006_sp_web.pdf
[vi] http://www.unodc.org/documents/crop-monitoring/Bolivia/Bolivia_coca_survey_spanish_2012_web.pdf
[vii] http://www.unodc.org/documents/bolivia/Bolivia_Informe_Monitoreo_Coca_2014.pdf
[viii] http://www.unodc.org/documents/crop-monitoring/Bolivia/Bolivia_coca_survey_2014_web.pdf
[ix] http://www.unodc.org/documents/bolivia/2017_Bolivia_Informe_Monitoreo_Coca.pdf
[x] http://www.comunicacion.gob.bo/?q=20170308/23293
[xi] http://www.unodc.org/documents/crop-monitoring/Bolivia/2016_Bolivia_Informe_Monitoreo_Coca.pdf
[xii] https://www.unodc.org/bolivia/es/La-UNODC-presento-el-Informe-Mundial-sobre-las-Drogas-2018-a-representantes-del-gobierno-y-la-sociedad-civil.html
[xiii] http://www.unodc.org/documents/crop-monitoring/Bolivia/Bolivia_Informe_Monitoreo_Cultivos_Coca_2015.pdf
[xiv] http://www.unodc.org/documents/crop-monitoring/Bolivia/2016_Bolivia_Informe_Monitoreo_Coca.pdf
[xv] El Estado Plurinacional de Bolivia cuenta con la Estrategia de Lucha Contra el Narcotráfico y Control de Cultivos Excedentarios de Coca 2016 – 2020, basado en cuatro pilares: 1) Reducción de la oferta, 2) Reducción de la demanda, 3) Control de Cultivos Excedentarios de Coca y 4) Responsabilidad Internacional Compartida (UNODC, 2018).
[xvi]  http://www.vds.gob.bo/wp-content/uploads/2016/12/ELCNyCCEC%202016%20-%202020%20(V.ESPA%C3%91OL).pdf
[xvii]  http://www.vds.gob.bo/wp-content/uploads/2016/12/ELCNyCCEC%202016%20-%202020%20(V.ESPA%C3%91OL).pdf
[xviii] https://tipnisbolivia.org/2018/09/12/viceministro-de-coca-anuncia-racionalizacion-en-poligono-7/
[xix] http://www.ftierra.org/index.php?option=com_mtree&task=att_download&link_id=176&cf_id=75
[xx] III. En el departamento de La Paz, la zona autorizada de producción originaria y ancestral está en parte de las provincias Nor Yungas, Sud Yungas e Inquisivi. La zona de producción originaria y ancestral bajo registro y catastro, está en las provincias Pedro Domingo Murillo, Ildefonso de las Muñecas y Franz Tamayo. La zona de producción bajo registro y catastro, está en parte de las provincias Caranavi, Bautista Saavedra y Larecaja (Poroma y Santa Rosa de Mapiri) y parte del municipio de La Asunta de la provincia Sud Yungas. La zona de producción originaria y ancestral, así como la zona de producción con registro y catastro, están establecidas y delimitadas mediante ubicación geográfica y coordenadas georeferenciadas, conforme a convenios suscritos vigentes.
  1. En el departamento de Cochabamba, la zona autorizada de producción bajo registro y catastro, está en parte de las provincias Chapare, Carrasco y Tiraque.
  2. En el marco del consumo tradicional, los usos medicinales, rituales, sociales, económicos, comunitarios, alimenticios, investigativos, industriales, la exportación y la dinamización laboral e integralidad con la Madre Tierra, las zonas de producción de coca autorizada y delimitada por el Estado, serán de hasta 22.000 hectáreas. En el departamento de La Paz con una superficie total de hasta 14.300 hectáreas, y en el departamento de Cochabamba con una superficie total de hasta 7.700 hectáreas” (Ley 906, 2017).
[xxi]  http://ain-bolivia.org/wp-content/uploads/Nueva-Ley-Coca-Original.pdf
[xxii] http://www.ftierra.org/index.php?option=com_mtree&task=att_download&link_id=176&cf_id=75
[xxiii] https://tipnisbolivia.org/2018/08/29/la-batalla-de-indigenas-y-guardaparques-contra-el-avasallamiento-al-tipnis/

Sin planes forestales, el TIPNIS pierde miles de hectáreas de bosques

Por: Marielle Cauthin / 10 de octubre de 2018

El Tribunal Internacional de Derechos de la Naturaleza (TIDN) envió al gobierno de Bolivia el pasado 19 de septiembre un cuestionario de 30 preguntas. Tres de estas preguntas corresponden al impacto y las causas de la deforestación. Según estudios recientes, el Territorio Indígena y Parque Nacional Isiboro Sécure (TIPNIS) habría perdido 46.000 hectáreas de bosques entre 2000 y 2014. En tanto que el polígono 7, ubicado al sureste del territorio, ha perdido ya el 58% de bosques en un radio de 5 kilómetros alrededor de la carretera donde termina el Tramo I Villa Tunari – Isinuta e inicia el Tramo II que atraviesa el corazón del Parque Nacional (PN). A pesar de estos datos alarmantes, aparentemente el gobierno no cuenta con ningún plan de mitigación ni de reforestación para el área protegida.

Deforestación

  1. Podría informar la cantidad de hectáreas deforestadas en las décadas del 70, 80, 90, 2000 y en la actualidad en el polígono siete del Parque Nacional Isiboro Secure.

Según los datos proporcionados por el Programa de Investigación Estratégica de Bolivia (PIEB, 2012)[i], que a su vez provienen de los datos del Museo Noel Kempff Mercado (2007), la deforestación en el área del TIPNIS se ha concentrado históricamente al sur del territorio, en la zona denominada polígono 7, que fue delimitada de esta manera hacia mediados de los años 90. La explicación de la expansión de la mancha de deforestación hacia este lugar se debe a su colindancia con la vía hacia Villa Tunari, zona de colonización cocalera desde los años 70. Si se aprecia el mapa a continuación, se verá la expansión de la deforestación desde el límite sur del Parque Nacional.

pieb deforestacion tipnis 2012

             Fuente: PIEB, 2012 con base en Museo Noel Kempff Mercado.

Esta zona presenta un ritmo ascendente de deforestación: antes de 1976 se tiene un registro de un área deforestada de 139 hectáreas; entre 1976 a 1986 se tiene un alza de 3.795 ha; entre 1986 a 1992 se llegó al punto más alto de deforestación con 18.608 ha, bajando radicalmente esta cifra entre 1992 a 2001: “Una probable razón para la disminución entre 1992 y 2001 es la política de ‘coca cero’ aplicada en esa época que llevó a la erradicación de cultivos de hoja de coca en el Chapare y también en el TIPNIS” (PIEB, 2012). Entre 2001 a 2005 se contaba con un área de 12.012 ha deforestadas, entre 2005 a 2007: 9.786 hectáreas.

pieb deforestacion tipnis 2012 2

                        Fuente: PIEB, 2012 con base en Museo Noel Kempff Mercado.

Por otra parte, estudios recientes indican que el TIPNIS perdió 46.000 hectáreas de bosque entre 2000 y 2014, lo que representa el 3.6% del total del Parque Nacional[ii] (Current Biology, 2018). El 58% de esta pérdida de bosques se ha producido en un radio de 5 kilómetros alrededor de la carretera preexistente en el llamado polígono 7, conectado a la carretera troncal de Villa Tunari desde 2016.

Datos de 2018 demuestran que la tasa de pérdida de bosque en este polígono es ocho veces más alta que en el resto del TIPNIS y el doble que en toda la Amazonía boliviana (Current Biology, 2018). A este ritmo, se predijo la deforestación del 64% (610.848 ha) del parque en 18 años si se construye la carretera y una pérdida forestal del 43% si no se controla la expansión colonizadora del polígono 7, aunque no se construya la carretera (PIEB, 2012). La mancha de deforestación de esta zona amenaza dirigirse a la Zona Núcleo del TIPNIS, donde se concentran los mayores valores de biodiversidad.

  1. Podría explicar cuáles son las principales causas de la deforestación en el polígono siete del Parque Nacional Isiboro Sécure, cuáles han sido los impactos sobre la biodiversidad, así como sobre la comunidades de indígenas y los colonos, y qué medidas ha tomado su gobierno contra los autores de esta deforestación.

Según Current Biology (2018), existe una relación directa en el hecho que los migrantes que llegan a los bosques tropicales en América Latina generalmente causan mayores tasas de deforestación per cápita que las comunidades indígenas locales. La tendencia en los años 90 era que en el TIPNIS cada colonizador derribaba entre 0.5 y 1 hectárea (llegando al récord de 1.59 ha en 1994). Anualmente se tenía una tendencia de desmonte de 1.000 hectáreas de bosque virgen. Conducente con esto, en 2011 cada unidad familiar de campesinos colonos llegó a manejar entre 1.5 y 2 hectáreas de cultivo de hoja de coca (Rumbol; Sernap; 2011). El cultivo de hoja de coca genera un triple fenómeno: ampliación de la frontera agrícola, monocultivo intensivo con agroquímicos (Rumbol; Sernap, 2011) y “narco-deforestación” (Current Biology, 2018).

El informe de la Oficina de las Naciones Unidas contra la Droga y el Delito (UNODC) indica que entre 2015 y 2016 se registró un aumento del 43% en las plantaciones de coca en el polígono 7. El 94% de esta coca -además de la cultivada en el Chapare- no pasa por el mercado legal de venta de hoja de coca en Sacaba, Cochabamba; mientras el 95% del ingreso de las familias del polígono 7 proviene de la hoja de coca: “Estamos entonces ante una región monoproductora de hoja de coca y que tempranamente fue identificada como Zona Roja por sus vínculos con el narcotráfico” (Paz, 2011). UNODC había advertido ya en 2004 que “los ecosistemas de los parques nacionales son particularmente frágiles, y la deforestación para el establecimiento de cultivos de coca produce daños irreversibles en su medio ambiente” (UNODC, 2004).

Se debe mencionar también que la deforestación ha comenzado a afectar al extremo norte del TIPNIS, el Sécure Alto que forma parte del tramo III de la carretera. El problema fue iniciado por las concesiones forestales en el límite de la frontera de amortiguación, donde los caminos de tierra fueron abiertos por las mismas empresas forestales. Se encontraban hasta 2011 seis empresas que ejercían una fuerte presión sobre los recursos maderables del TIPNIS (Rumbol; Sernap, 2011). La explotación forestal se ha enfocado sobre todo en las maderas preciosas como la mara[iii] (Swietenia macrophylla King), una especie amenazada por la sobreexplotación, de hecho hace años el mercado interno denunciaba desabastecimiento de esta especie[iv]. Este extremo del territorio también padece las presiones de la colonización que viene avanzando desde la franja Yucumo – Madidi y que podría consolidarse si llega a unirse mediante la carretera al polígono 7 (Rumbol; Sernap, 2011).

Esta zona fue explotada por empresas legales con grandes concesiones y con planes de manejo forestal, así como por empresas ilegales[v], que se vienen disputando los recursos del bosque con las comunidades indígenas y con el Servicio Nacional de Áreas Protegidas (Sernap). Según denuncias de prensa, a fines de los años 90 e inicios de 2000 dentro del TIPNIS explotaban las empresas San Ambrosio Herber, Cimagro y Fátima[vi]. Hasta 2011 eran las empresas Suri, Huanca Rodríguez e Isigo SRL que se habrían adjudicado 100.569 hectáreas[vii], según denunció la Agencia para el Desarrollo de las Macrorregiones y Zonas Fronterizas (Ademaf). El negocio de la madera implicó en el TIPNIS “una herramienta de disociación social y debilitamiento de las reglas comunitarias e intercomunitarias para aprovechar el bosque” (Rumbol; Sernap, 2011). Actualmente no hay seguimiento serio por parte del SERNAP u otras instancias sobre la magnitud de la explotación forestal, la venta ilegal de madera y la carencia de especies maderables valiosas.

  1. Podría explicarnos las acciones concretas de reforestación implementadas entre el 2006 y el 2018 en el polígono siete Parque Nacional Isiboro Sécure y cuáles han sido los resultados en términos de cantidad de hectáreas y situación de esas áreas reforestadas.

Según respuesta del Ministerio de Medio Ambiente y Agua a la Petición de Informe Escrito (PIE1473/2016-2017[viii]), sobre el programa de reforestación Mi Árbol (que agrupa resultados de las entidades Emagua, Sustentar, PNC, Fonabosque, Mi Árbol), entre 2012 y 2016 no se intervinieron los dos municipios que componen el TIPNIS: Villa Tunari (Cochabamba) y San Ignacio de Moxos (Beni), por lo tanto, no se habrían desarrollado acciones de reforestación ni en el polígono 7 ni en el resto del TIPNIS. Tampoco se tiene información sobre el estado y los resultados de las áreas en las que se haya implementado programas de reforestación.

Respuesta del Ministerio de Medio Ambiente y Agua a la Petición de Informe Escrito (PIE1473/2016-2017) sobre reforestación nacional:

«1 GESTION Y DESARROLLO FORESTAL

a) Programa Piloto para la región amazónica

b) Programa Nacional de Forestación y Reforestación PNFR (2012 – a la fecha): El cual tiene el objetivo de contribuir a la conservación de la biodiversidad, manteniendo los procesos ecológicos, restauración de ecosistemas y cuencas, así como la disminución de los efectos del cambio climático, e incrementar la cobertura forestal del país.

En el ámbito de ejecución del programa, surge la campaña “Mi Árbol”, con el objetivo de implementar plantaciones forestales en todo el territorio nacional. A través de los distintos programas de reforestación, desde octubre 2012 considerando que las forestaciones y reforestaciones se ejecutan en coincidencia con la época de lluvias.

Resultados del Programa.

Tabla Nº 1  PNFR 2012 – 2013 – 2014 – 2015 – 2016 PLANTACIONES, VIVEROS

(EMAGUA, SUSTENTAR, PNC, FONABOSQUE, MI ARBOL)

Departamento Comunidad o municipio
Cochabamba Sacaba, Tiquipaya, Cercado, Clisa, San Benito, Tiraque, Punata, Tiraque, Bolivar, Vila Vila, Sacabamba, Toco, Shinaota, Chimore
Punata, Sacaba, San Benito, Tiquipaya, Villa Rivero, Cliza, Cercado.
Punata, Sacaba, San Benito, Tiquipaya, Villa Rivero, Cliza.
Pando Bella Flor, Sta. Rosa del Abuna, Sena, Cobija, Bolpebra, Filadelfia, Nva. Esperanza, San Lorenzo.
Bella Flor, Sta. Rosa del Abuna, Sena, Cobija, Bolpebra, San Lorenzo.
San Lorenzo, Cobija
Beni Guayanamerin, Riberalta
Riberalta, Guayanamerin
Santa Cruz El Torno, Warnes, Cotoca, S.C., porongo, Yapacani, San Julian, Tco Yuracare-Mojeño, Pailon, Fernandez Alonso, Valle grande, La Guardia, Concepcion Robore, Guarayos, San Ignacio De Velasco, San Miguel de Velasco, San Rafael De Velasco, San Jose de Chiquitos, San Antonio de Lomerio
El Torno, Warnes, Cotoca, Porongo, Monetro, Santa Cruz De La Sierra.
El Torno, Warnes, Cotoca, Porongo,Montero.
La Paz El Alto,Gobernacion, el Alto, Ancoraimes, Pucarani, Umala, Viacha, Jesus De Machaca, Chua Cocani, Caquiaviri, Achocalla, Ixiamas, La asunta, Teoponte, Patacamaya, Sorata, San Pedro se Curahuara, Colquiri, Laja, San pedro de Tiquina, Palca, Irupana, San Buenaventura, La Paz, Achacachi, Escoma, Tipuani, Mecapaca.
El Alto, GAD La Paz
El Alto, GAD La Paz

Fuente: Ministerio de Medio Ambiente y Agua, 2016.

[i] https://tipnisboliviaorg.files.wordpress.com/2018/07/pieb-compensacic3b3n-por-servicios-ambientales-alternativa-para-reducir-deforestacion-tipnis-2012.pdf

[ii] https://tipnisboliviaorg.files.wordpress.com/2018/07/new-law-puts-bolivian-biodiversity-hotspot-on-road-to-deforestation-tipnis-2018.pdf

[iii] http://especiesbolivianas.info/especie_ver.aspx?esp=356

[iv] http://la-razon.com/index.php?_url=/sociedad/desaparece-debido-explotacion-ilegal-irracional_0_1420058001.html

[v] https://www.noticiasfides.com/nacional/sociedad/comision-ingresara-a-isiboro-secure-para-evitar-explotacion-madera-182357

[vi] https://cedib.org/post_type_titulares/trece-dirigentes-del-tipnis-y-del-conisur-vendieron-madera-la-razon-10-05-12/

[vii] http://www.la-razon.com/nacional/Empresa-TIPNIS-prestamista-Banco-Bidesa_0_1637836276.html

[viii] http://senado.gob.bo/sites/default/files/peticiones/PIE%20%20N%C2%BA%201473%20RESPUESTA%202016-17.PDF

¿Qué sabemos de los Estudios de Impacto Ambiental de la carretera por el TIPNIS?

Por: Marielle Cauthin / 09 de octubre de 2018

El Tribunal Internacional de Derechos de la Naturaleza (TIDN) envió al gobierno de Bolivia el pasado 19 de septiembre un cuestionario de 30 preguntas, sobre el caso del Territorio Indígena y Parque Nacional Isiboro Sécure (TIPNIS). El primer bloque de preguntas indaga sobre los estudios ambientales, las licencias ambientales y el proceso de contratación de las empresas que se adjudicaron las obras Tramo I y Tramo III de la vía, así como las empresas que ejecutaron los tres puentes dentro del Parque Nacional en la zona llamada polígono 7. A la fecha el gobierno no ha respondido estas cuestiones, así que les presentamos los datos que deberían formar parte del documento de respuesta y los vacíos documentales y jurídicos que persisten hasta hoy.

Entre éstos figuran la ausencia de documentos públicos como los contratos, los estudios de impacto ambiental y las respectivas licencias ambientales para las empresas EBC y AMVI, que ejecutaron el tramo I Villa Tunari – Isinuta hasta 2016; y para la agencia estatal ADEMAF y la Fuerza Binacional de Ingeniería Social Bolivia-Venezuela que actualmente ejecuta el tramo III San Ignacio de Moxos – Santo Domingo. Al respecto, la información sobre el tramo III indica que entre el diseño original (San Ignacio de Moxos – Monte Grande de Apere) y el diseño expuesto por el vicepresidente García Linera (San Igancio de Moxos – Santo Domingo) existirían  48.3 km de vía que se extendería dentro del Parque Nacional y Territorio Indígena Isiboro Sécure (TIPNIS) ¿qué documentación legal y qué estudios autorizan esta ampliación? ¿por qué se emitió una categorización 3 para los puentes que se construyen dentro del Parque Nacional Isiboro Sécure, siendo que hablamos de un área protegida y de obras que viabilizan la construcción del tramo II? ¿bajo qué sustento legal y con qué estudios ambientales se procedió a la ejecución de estos puentes de grandes dimensiones, cuando el estudio ambiental de Connal (2010) advirtió sobre el «impacto significativo» del cambio en el uso de suelo en el área de influencia entre el río Isinuta y el río Isiboro, provocado por la construcción del puente sobre el río Isinuta?

Cuestionario Informativo

Estudios de Evaluación de Impacto Ambiental

  1. Si al momento de suscribir el contrato con OAS para la construcción de la carretera Villa Tunari – San Ignacio de Moxos, la misma contaba con la respectiva licencia ambiental y los Estudios de Evaluación de Impacto Ambiental para los tres tramos de la carretera.

La Administradora Boliviana de Carreteras (ABC) adjudicó la construcción de la carretera Villa Tunari – San Ignacio de Moxos, mediante Resolución RPC No. 0154/2008 de 1 de agosto de 2008 a la Empresa OAS Ltda., firmándose el contrato ABC No. 218/08 GCT-OBR-BNDES el 4 de agosto de 2008[i]. El contrato y su protocolo fueron aprobados por la Asamblea Legislativa mediante Ley No 0005 de 7 de abril de 2010, por la suma de 332 millones de dólares americanos provenientes de un préstamo del Banco Nacional de Desarrollo Económico y Social de Brasil (BNDES). Este monto más la contraparte de Bolivia cubriría el costo de la obra que llegaría a 415.000.425,39 millones de dólares.

Sobre la licencia ambiental y los Estudios de Evaluación de Impacto Ambiental, el contrato establece en la Cláusula Ambiental Trigésima Cuarta que “forma parte del presente Contrato la nota de categorización Ambiental del proyecto emitido por la Autoridad Ambiental. Para  el inicio de la obras de infraestructura vial el CONTRATISTA deberá contar con la correspondiente Licencia Ambiental otorgada por la Autoridad Ambiental competente”.

El Documento Base de Contratación (DBC)[ii] para la carretera Villa Tunari – San Ignacio de Moxos Ruta F-24, publicado en marzo de 2008 -que acompañaba la Licitación Pública Internacional 001/2008- elaborado por la Administradora Boliviana de Carreteras (ABC) no fragmentaba la carretera en tramos, hoy denominados I, II y III. Este DBC establecía una sola ruta con el siguiente detalle: “la carretera Villa Tunari San Ignacio de Moxos tiene una longitud aproximada de 306 Km. y que pasaría por las siguientes poblaciones: Eterazama, Isinuta, Puerto Patiño [TIPNIS], Santísima Trinidad [TIPNIS], Puerto Santo Domingo [TIPNIS], Puerto Esperanza [TIPNIS], Monte Grande, El Retiro y San Ignacio de Moxos”.

Pese a que tanto el DBC como el contrato establecían un solo trazo con un costo único, los estudios, las licencias y las declaratorias segmentaron el proyecto en tres partes, siendo que la primera y la segunda terminaban en la frontera del Parque Nacional Isiboro Sécure por sus extremos sur y norte.

Una vez segmentada la vía en tramos, dos de ellos (Tramo I[iii] y Tramo III[iv]) contaban con Estudio de Impacto Ambiental realizado en 2010 por la empresa Connal SRL, contratada por OAS Ltda. De la misma manera, la Licencia Ambiental fue emitida en 2010 para los tramos I y III. Según la Evaluación Estratégica Ambiental[v] (Rumbol; Sernap, 2011), el Tramo II –que atravesaría el Territorio Indígena y Parque Nacional Isiboro Sécure (TIPNIS)- no tendría Licencia Ambiental.

En la Petición de Informe Escrito (PIE) 890/2017-2018 del senado, se tiene la siguiente información:

  1. Informe y remita la licencia ambiental del tramo 1 “Villa Tunari – Isinuta” y tramo 3 “Monte Grande de Apere – San Ignacio de Moxos”, del proyecto “Construcción de la carretera Villa Tunari – San Ignacio de Moxos”

Respuesta: En fecha 05 de agosto de 2010 el viceministerio de Medio Ambiente, Biodiversidad, Cambios Climáticos y de Gestión y Desarrollo Forestal otorgó a la Administradora Boliviana de Carreteras (ABC) como Representante Legal del proyecto, la Licencia Ambiental, Declaratoria de Impacto Ambiental Nº 031003-06-DIA-3784/10, al proyecto denominado “Tramo 1: Villa Tunari – Isinuta”.

Así mismo, en fecha 05 de agosto de 2010 el Viceministerio de Medio Ambiente, Biodiversidad, Cambios Climáticos y de Gestión y Desarrollo Forestal otorgó a la Administradora Boliviana de Carreteras la Licencia Ambiental Declaratoria de Impacto Ambiental Nº 080501-06-DIA-3786/10 al proyecto denominado “Tramo 3: Monte Grande – San Ignacio de Moxos”.

  1. Después de la recisión del contrato con OAS, qué procesos se siguieron de contratación de las empresas ejecutoras y supervisoras que se adjudicaron las obras del Tramo I (Villa Tunari – Isinuta) y Tramo III (Santo Domingo – San Ignacio de Moxos), nombres, montos, plazos de ejecución de obras, y si podría especificar las medidas de mitigación ambiental que fueron incorporadas en dichos contratos y sus documentos anexos.

El gobierno de Bolivia inició el proceso de rescisión de contrato con OAS Ltda. en abril de 2012, por supuestos incumplimientos de obligaciones contractuales que afectaron el avance de las obras de la carretera Villa Tunari – San Ignacio de Moxos[vi]: «“En el tramo I y III otra vez (hubo) incumplimiento en el trabajo de OAS, por eso hemos decidido, hemos iniciado un proceso de anulación de la construcción del camino Villa Tunari – San Ignacio de Moxos, especialmente en el tramo I y III», dijo Evo Morales en una conferencia de prensa[vii]. Las empresas que continuaron trabajando en la carretera fueron: Empresa Boliviana de Construcción (EBC) y la Asociación de Mantenimiento Vial (AMVI) para el tramo I; y la Agencia para el Desarrollo de las Macroregiones y zonas Fronterizas (ADEMAF) junto a la Fuerza Binacional de Ingeniería Social Bolivia-Venezuela para el tramo III, según registros de prensa.

Construcción Tramo I carretera Villa Tunari – Isinuta

El 11 de septiembre de 2016 el presidente Evo Morales inauguró la carretera Villa Tunari – Isinuta[viii] con una extensión de 47.30 km. Este tramo termina en la frontera del Parque Nacional Isiboro Sécure, en el llamado polígono 7, límite sur dentro del Parque, avasallado por sindicatos de familias colonizadoras del origen andino. La vía fue hecha bajo modalidad de invitación directa[ix] a la Empresa Boliviana de Construcción (EBC[x]) y la Asociación de Mantenimiento Vial (AMVI) con una inversión de 37.149.733 dólares. Según la información pública revisada, este tramo solo contaría con el Estudio de Impacto Ambiental realizado por la empresa Connal SRL para OAS Ltda. en 2010; no se conoce otro estudio realizado por EBC o AMVI. Los reportes de prensa sostienen que la empresa AMVI tiene como socios a tres federaciones de sindicatos cocaleros[xi].

Construcción Tramo III carretera Santo Domingo – Monte Grande del Apere – San Ignacio de Moxos

Actualmente (2018) este tramo estaría en construcción y se ubica al extremo norte del territorio. De San Ignacio de Moxos a Monte Grande del Apere -ubicados fuera del TIPNIS- hay una carretera consolidada. De Monte Grande del Apere a Santo Domingo existe un camino precario abierto para la explotación forestal (com. pers. Subcentral TIPNIS, 2017), este tramo se encuentra dentro del PN y la TCO.

El Estudio de Evaluación de Impacto Ambiental Analítico Integral -realizado en 2010 por la Consultora Connal SRL para la empresa OAS de Brasil- establecía que el tramo solo se extendería fuera del Parque Nacional: Monte Grande – San Ignacio de Moxos. Sin embargo, el 27 de junio de 2015, el vicepresidente Álvaro García Linera inspeccionó las obras de construcción y afirmó que la carretera a iniciarse tendría el siguiente diseño: San Ignacio de Moxos – Monte Grande (81.42 km), Monte Grande – Río Sécure – Santo Domingo (48.3 km), con una extensión total de 128 km[xii]. Estos 48.3 km avasallan el Parque Nacional y la Tierra Comunitaria de Origen y no estaba contemplados en el Estudio de Connal SRL. Tampoco se conoce un nuevo Estudio de Evaluación de Impacto Ambiental que haya incorporado este segmento, además del realizado por Connal y OAS en 2010.

La Agencia para el Desarrollo de las Macroregiones y zonas Fronterizas (ADEMAF), dependiente del gobierno central, es la encargada actual del avance de las obras. En 2015 se anunció que la vía sería ejecutada por la Fuerza Binacional de Ingeniería Social Bolivia-Venezuela con una inversión de 144 millones de bolivianos[xiii] (20.689.655,17 millones de dólares al tipo de cambio actual).

Mitigación ambiental

Como no se conocen otros estudios que haya sido realizados por las empresa EBC, AMVI o la ADEMAF, se podría mencionar lo expuesto por en los Estudios de Evaluación de Impacto Ambiental de Connal (Connal SRL, 2010) para el tramo I Villa Tunari – Isinuta y para el tramo III Monte Grande del Apere – San Ignacio de Moxos. Connal propuso un Programa de Prevención y Mitigación para subsanar impactos en: alteración de la calidad del agua, alteración del régimen hídrico, compactación de suelos, desestructuración de suelos, contaminación de suelos, incremento de procesos erosivos por retiro de material, aumento de niveles de inmisión, aumento de niveles de contaminación por partículas en suspensión, incremento de los niveles sonoros, aumento de niveles de contaminación por emisión de gases, niveles sonoros elevados, modificación del paisaje, ahuyentamiento de la fauna, atropellamiento de la fauna, pérdida de la cobertura vegetal y perturbación de los ecosistemas sensibles. Los programas específicos serían: Programa de Revegetación y Restauración, Señalización Ambiental, Explotación de Bancos de Préstamo, Integración Paisajística, Conservación de Bosques Ribereños, Disposición de Material de Desecho y de Escombros, Cierre y restauración de áreas intervenidas, Gestión de Residuos Sólidos Asimilables a Domésticos, Gestión de Aguas Residuales Domésticas, Gestión de Aguas Residuales Industriales, Gestión de Asfalto, combustibles, Aceites y Grasas.

Sin embargo, lo que resalta es el punto 9.2.6. Etapa de Futuro Inducido, donde la empresa Connal SRL[xiv] advierte sobre el impacto significativo del cambio en el uso de suelo “en el área de influencia entre el río Isinuta y el río Isiboro, debido a la construcción del puente sobre el río Isinuta. Es necesario que las instancias del Estado implementen un programa de cultivos combinados con especies forestales que tengan demanda interna y externa. El desarrollo de esta área afectará a la flora y contribuirá a la modificación de la composición florística de este sector. También se prevé una afectación y pérdida de la biodiversidad del área debido a la expansión de la frontera agrícola y al incremento de las actividades socioeconómicas del área (…) Para que la frontera agrícola existente en el área del proyecto y del TIPNIS no se expanda, es necesario que se desarrollen programas productivos que apoyen el incremento de productividad y no necesariamente a través de cambios en el uso de suelo por el incremento de la frontera agrícola” (Connal SRL, 2010).

Al mismo tiempo el futuro inducido para el tramo III contempla el sentamiento de procesos de colonización en esa zona que afecta los territorios indígenas TIM y TIPNIS: “De la misma manera, con una carretera en mejores condiciones de acceso, los procesos de colonización se incrementan y se aceleran, por lo que es importante que tanto el TIM como el TIPNIS, cuenten con una planificación de desarrollo estratégica que considere mecanismos de protección frente a intereses externos de usufructuar sus tierras” (Connal SRL, 2010)[xv].

  1. Cuáles fueron los procesos de contratación de las empresas ejecutoras y supervisoras que se adjudicaron las obras de los puentes sobre los ríos Isinuta, Sasama e Ibuelo (nombres, montos, plazos de ejecución de obras), y que las medidas de mitigación ambiental se incorporaron en dichos contratos y sus documentos anexos.

Mientras estaba vigente Ley 180 de intangibilidad, en 2016, la Administradora Boliviana de Carreteras (ABC) y las empresas AMVI y Sergut firmaron los contratos para la construcción de tres puentes[xvi] dentro del área llamada Tramo II, que avasalla el Parque Nacional: Puente Isiboro (o Isiboru) de 250 metros de largo a un costo de 4,9 millones de dólares, puente Ibuelo (o Ibuelito) de 120 metros por un costo de 2,3 millones de dólares y puente Sazama (o Zajsajsama o Sasasama) de 150 metros con un costo de 2,7 millones de dólares. El gobierno había proyectado entregar las tres obras en 2018.

El Tramo II parte del pueblo colono de Isinuta en Cochabamba, límite sur del TIPNIS, hasta Monte Grande del Apere en Beni, según la Autoridad Boliviana de Caminos (ABC). Es el tramo de mayor conflictividad porque se encuentra dentro del Área Protegida y porque atravesaría el área mejor conservada del TIPNIS, correspondiente a la Zona Núcleo del PN. La Evaluación Ambiental Estratégica (Rumbol; Sernap, 2011) afirmó que existe un vacío legal para este tipo de construcciones y que se requería de un Estudio de Impacto Ambiental (EIA) y consulta pública. Pese a todo esto, entre julio[xvii] y agosto[xviii] de 2017 y marzo de 2018[xix] comunarios y medios de comunicación denunciaron el avance de la construcción de las obras.

El Ministerio de Obras Públicas se escuda en el Decreto 1146 del 24 de febrero de 2012 y en una resolución del Ministerio de Medio Ambiente y Agua (MMAA) de 4 de febrero de 2014, que establece la “norma técnica que habilita la construcción y rehabilitación de puentes”: “Una licencia ambiental que tiene afectación al medio ambiente tiene categorización 2; este proyecto ha tenido una categorización 3 que prácticamente no tiene afectación, entonces no está clasificada en ese grupo de megaobras, por lo tanto, no hemos infringido la ley de intangibilidad[xx] (Respuesta del ministro de Obras Públicas, Milton  Claros, en 2017).

  1. Podría proporcionar las Fichas Ambientales y Estudios de Evaluación de Impacto Ambiental de los tramos I, II y III de la carretera Villa Tunari – San Ignacio de Moxos y de los 3 puentes que se construyen en el polígono siete que es parte del Parque Nacional Isiboro Sécure.

Actualmente las Fichas Ambientales de los tramos I y III de la carretera Villa Tunari – San Ignacio de Moxos y de los 3 puentes que se construyen en el polígono 7 -que es parte del Parque Nacional Isiboro Sécure- no están disponibles en el sitio web del Ministerio de Medio Ambiente, es decir que no son de acceso público. Los Estudios de Evaluación de Impacto Ambiental de los tramos I y III que se conocen a la fecha son los realizados por la empresa Connal SRL, contratada por OAS en 2010. No se conocen los estudios realizados por las empresas que posteriormente se adjudicaron los tramos I y tramo III.

  1. Podría aclarar si según el ordenamiento normativo boliviano es un requisito que antes de suscribir un contrato para la ejecución de una obra de magnitud, se debe contar con el respectivo Estudio de Evaluación de Impacto Ambiental y la Licencia Ambiental, y cuáles las sanciones en caso de incumplimiento de este requisito.

Según los artículos 24, 25, 26, 27 y 28 de la Ley 1333 de Medio Ambiente, en el capítulo IV sobre evaluación de impactos ambientales, se establece que todas las obras, actividades públicas o privadas, con carácter previo a su fase de inversión, deben contar obligatoriamente con la identificación de la categoría de evaluación de impacto ambiental (Art 25). Las obras, proyectos o actividades que por sus características requieran del Estudio de Evaluación de Impacto Ambiental, según lo prescrito en el artículo anterior, con carácter previo a su ejecución, deberán contar obligatoriamente con la Declaratoria de Impacto Ambiental (Art. 26).

El Artículo 16 del Reglamento a la Ley de Medio Ambiente sobre EIA indica que uno de los criterios para establecer la categoría de EEIA es su “localización próxima a: áreas protegidas, a recursos naturales que estén catalogados como patrimonio ambiental, a áreas forestal o de influencia, o poblaciones humanas susceptibles de ser afectadas de manera negativa”. En este entendido, según la normativa boliviana, la categoría EEIA se establece para áreas colindantes a Áreas Protegidas pero no dentro de Áreas Protegidas. En 2011, el viceministro de Medio Ambiente, Juan Pablo Ramos, y su director de Medio Ambiente, Luis Beltrán, renunciaron por negarse a firmar la licencia ambiental de la carretera Villa Tunari – San Ignacio de Moxos que atravesaría el Parque Nacional. Juan Pablo Ramos fue reemplazado por Cynthia Silvia Maturana[xxi], actual viceministra de medio ambiente, biodiversidad, cambios climáticos y gestión y desarrollo forestal.

Según el Artículo 64 del Reglamento General de Gestión Ambiental de la Ley 1333, las Licencias Ambientales quedarán sin efecto: “c) por modificación o ampliación de la actividad inicial; d) por incumplimiento a la legislación ambiental”. De la misma manera el Artículo 96 del mismo reglamento indica que: “Constituyen contravenciones a la legislación ambiental las previstas en el Art. 99º de la Ley del Medio Ambiente:  a) iniciar una actividad o implementar una obra o proyecto sin contar con el certificado de dispensación o la DIA [Declaración de Impacto Ambiental], según corresponda; (…) e) alterar, ampliar o modificar un proyecto, obra o actividad sin cumplir el procedimiento de Evaluación de Impacto Ambiental (EIA)”.

[i] https://tipnisboliviaorg.files.wordpress.com/2018/10/contrato-abc-oas-218-08-gct-obr-bndes.pdf
[ii] https://tipnisboliviaorg.files.wordpress.com/2018/10/dbc-ruta-f24-abc-marzo-2008.doc
[iii] https://tipnisboliviaorg.files.wordpress.com/2018/10/eeia-tramo-iii.pdf
[iv] https://tipnisboliviaorg.files.wordpress.com/2018/10/eeia_tramoi-junio2010.pdf
[v] https://tipnisboliviaorg.files.wordpress.com/2018/07/evaluacion-ambiental-estrategica-tipnis-rumbol-2011.pdf
[vi] https://www.eldeber.com.bo/bolivia/Lava-Jato-los-contratos-de-OAS-con-Bolivia-que-el-MAS-no-investigara-20180405-6393.html
[vii] http://www.la-razon.com/nacional/Evo-decision-contrato-OAS-carretera_0_1594040630.html
[viii] http://www.abc.gob.bo/gobierno-inaugura-la-carretera-villa-tunari-isinuta
[ix] http://hoybolivia.com/movil/noticia.php?IdNoticia=69289
[x]  http://www.ebc.gob.bo/index.php/galeriafotos/mostrar/2
[xi] https://erbol.com.bo/noticia/politica/12102012/senador_del_mas_reconoce_que_la_contratista_amvi_pertenece_los_cocaleros
[xii] http://www.la-razon.com/nacional/Vicepresidente-San-Ignacio-Monte-Grande-Santo-Domingo_0_2297170323.html
[xiii] https://www.paginasiete.bo/nacional/2015/6/8/fuerza-binacional-ingenieria-esta-lista-para-iniciar-construccion-carretera-tipnis-59264.html
[xiv] https://tipnisboliviaorg.files.wordpress.com/2018/10/eeia_tramoi-junio2010.pdf
[xv] https://tipnisboliviaorg.files.wordpress.com/2018/10/eeia-tramo-iii.pdf
[xvi] https://www.eldeber.com.bo/bolivia/Construyen-puente-sobre-el-Isiboro-dentro-del-Tipnis-20170804-0001.html
[xvii] http://www.paginasiete.bo/nacional/2017/8/21/imagenes-construccion-puentes-tipnis-149128.html
[xviii] http://www.lostiempos.com/actualidad/economia/20170922/claros-puentes-del-tipnis-tienen-aval-decreto
[xix] http://www.la-razon.com/sociedad/TIPNIS-Fernando-Vargas-denuncia-construccion-puentes-avanza_0_2887511255.html
[xx] http://www.lostiempos.com/actualidad/economia/20170922/claros-puentes-del-tipnis-tienen-aval-decreto
[xxi] http://accionyreaccion.com/bolivia-recambio-ministerial-y-polemica-ambiental/

Tribunal espera respuesta de gobierno de Bolivia a cuestionario sobre el TIPNIS

Comisión del Tribunal Internacional de los Derechos de la Naturaleza espera respuesta al cuestionario acordado con el Gobierno de Bolivia sobre el TIPNIS – Territorio Indígena Parque Nacional Isiboro Sécure

El Tribunal Internacional de los Derechos de la Naturaleza, inspirado en la Declaración Universal de los Derechos de la Madre Tierra, expedida en Tiquipaya, Bolivia, el año 2010, es una plataforma permanente para escuchar y juzgar casos de violación a dichos derechos en todo el mundo. La denuncia sobre las afectaciones a la Madre Tierra en el TIPNIS (Territorio Indígena Parque Nacional Isiboro Sécure) fue presentado por Marqueza Teco Moyoviri de

Maleca (Tipnis, Bolivia) y Fabián Gil Rocha (Tipnis, Bolivia) de la Subcentral Indígena del TIPNIS, así como por Martin Vilela (bolivia) y Fátima Monasterio (Bolivia) durante la última sesión del Tribunal Internacional de los Derechos de la Naturaleza realizada en Bonn Alemania el 7 y 8 de noviembre del 2017, a la par de la realización de la COP23. Entonces el Tribunal aceptó investigar in situ la situación que se vive en el TIPNIS.

La Comisión conformada por cuatro integrantes del Tribunal Internacional por los Derechos de la Naturaleza, Alberto Acosta (Ecuador), Shannon Biggs (EUA), Enrique Viale (Argentina) y Hana Begović (Suecia), realizó una visita en Bolivia del 15 al 24 de agosto del presente año.

La Comisión hizo varias observaciones en el TIPNIS en Trinidad y Trinidadsito. Durante su visita la Comisión se reunión con representantes de las comunidades afectadas que denunciaron la vulneración de sus derechos y el ataque al que ha sido sometida la Madre Tierra en el TIPNIS y otras regiones de Bolivia.

Al momento de intentar ingresar al sector Polígono 71, los miembros de dicha misión fueron retenidos por 6 horas junto a periodistas y personas de una delegación de la Asamblea de los Derechos Humanos de Bolivia. No lograron ingresar a este sector.

Posteriormente, sobre todo debido a la gran presión mediática que se desató, se logró concretar una reunión con el ministro de Gobierno, Carlos Romero Bonifaz, la vicecanciller y la viceministra del Ambiente, quienes escucharon a la Comisión sobre su visita y observaciones. Cabe recordar que sobre la visita fue informado el gobierno del Estado Plurinacional de Bolivia, a través de una comunicación entregada previa al viaje en la Embajada de Bolivia en Quito, en donde se solicitaba, además, una reunión con el presidente Evo Morales, gran promotor de la Cumbre del año 2010 en Tiquipaya.

Uno de los compromisos de la Comisión es redactar un informe final sobre su visita a Bolivia.

Con el fin de hacer un seguimiento apropiado de la visita, y tal como fue planteado durante la reunión con las autoridades de gobierno bolivianas, Alberto Acosta entregó el día martes 18 de septiembre una carta a la Embajada del Estado Plurinacional de Bolivia en Quito-Ecuador con un cuestionario para el gobierno boliviano.

Algunas de las preguntas son las siguientes:

1. ¿Cuáles fueron procesos de contratación de las empresas ejecutoras y supervisoras que se adjudicaron las obras de los puentes sobre los ríos Isinuta, Sasama e Ibuelo (nombres, montos, plazos de ejecución de obras), y que las medidas de mitigación ambiental se incorporaron en dichos contratos y sus documentos anexos?

2. Después de la recesión del contrato con OAS, ¿qué procesos se siguieron de contratación de las empresas ejecutoras y supervisoras que se adjudicaron las obras del Tramo I (Villa Tunari – Isinuta) y Tramo III (Santo Domingo – San Ignacio de Moxos)? ¿Cuáles son los nombres, montos, plazos de ejecución de obras? y si podrían especificar las medidas de mitigación ambiental que fueron incorporadas en dichos contratos y sus documentos anexos.

3. ¿Podría explicar cuáles son las principales causas de la deforestación en el Polígono Siete del Parque Nacional Isiboro Sécure? ¿Cuáles han sido los impactos sobre la biodiversidad, así como sobre las comunidades de indígenas y los colonos?, y ¿qué medidas ha tomado su gobierno contra los autores de esta deforestación? (ver cuestionario completo)

El Tribunal espera una pronta respuesta del gobierno boliviano para poder incorporar la información oficial en el respectivo informe que ya está siendo elaborado en base los datos obtenidos y a los documentos que sigue proporcionando la sociedad civil boliviana. El informe preliminar será puesto a consideración del Tribunal y luego se entregará a las comunidades del TIPNIS, al gobierno y a la sociedad civil boliviana, así como a la comunidad internacional.

Los miembros de la Comisión del Tipnis presentarán una versión preliminar del informe en Quito el día 26 de septiembre, vísperas del Simposio Internacional de los Derechos de la Naturaleza que se desarrollará el 27 y 28 de septiembre en el paraninfo de la Universidad Andina Simón Bolívar con más de 90 expertos y líderes en el tema de Derechos de la Naturaleza provenientes de todas partes del mundo y más de 250 participantes locales, entre comunidades, académicos y líderes y lideresas de Ecuador.

Quito, 25 de septiembre, 2018

 

TIPNIS: ¿Qué preguntas le hace el Tribunal al gobierno de Bolivia?

El Tribunal Internacional de Derechos de la Naturaleza (TIDN) hizo la entrega oficial al gobierno de Bolivia de un cuestionario para conocer el estado del proyecto de la carretera Villa Tunari – San Ignacio de Moxos en el Territorio Indígena y Parque Nacional Isiboro Sécure (TIPNIS). Las respuestas al cuestionario serán incluidas en el informe de la comisión del Tribunal sobre su visita a Bolivia que será presentado en octubre.

Estas son las interrogantes del Tribunal:

Cuestionario informativo

Veríamos con agrado que el Gobierno del Estado Plurinacional de Bolivia, a través de las instancias que correspondan, tenga a bien informar lo siguiente:

Estudios de Evaluación de Impacto Ambiental

  1. Si al momento de suscribir el contrato con OAS para la construcción de la carretera Villa Tunari – San Ignacio de Moxos, la misma contaba con la respectiva licencia ambiental y los Estudios de Evaluación de Impacto Ambiental para los tres tramos de la carretera.
  2. Después de la rescisión del contrato con OAS, qué procesos se siguieron para la contratación de las empresas ejecutoras y supervisoras que se adjudicaron las obras del Tramo I (Villa Tunari – Isinuta) y Tramo III (Santo Domingo – San Ignacio de Moxos), nombres, montos, plazos de ejecución de obras; y si podría especificar las medidas de mitigación ambiental que fueron incorporadas en dichos contratos y sus documentos anexos.
  3. Cuáles fueron procesos de contratación de las empresas ejecutoras y supervisoras que se adjudicaron las obras de los puentes sobre los ríos Isinuta, Sasama e Ibuelo (nombres, montos, plazos de ejecución de obras), y qué medidas de mitigación ambiental se incorporaron en dichos contratos y sus documentos anexos.
  4. Podría proporcionar las Fichas Ambientales y Estudios de Evaluación de Impacto Ambiental de los tramos I, II y III de la carretera Villa Tunari – San Ignacio de Moxos y de los 3 puentes que se construyen en el Polígono Siete que es parte del Parque Nacional Isiboro Sécure.
  5. Podría aclarar si según el ordenamiento normativo boliviano es un requisito que antes de suscribir un contrato para la ejecución de una obra de magnitud se debe contar con el respectivo Estudio de Evaluación de Impacto Ambiental y la Licencia Ambiental, y cuáles son las sanciones en caso de incumplimiento de este requisito.

Deforestación

  1. Podría informar la cantidad de hectáreas deforestadas en las décadas 70, 80, 90, 2000 y en la actualidad en el Polígono Siete del Parque Nacional Isiboro Secure.
  2. Podría explicar cuáles son las principales causas de la deforestación en el Polígono Siete del Parque Nacional Isiboro Sécure, cuáles han sido los impactos sobre la biodiversidad, así como sobre la comunidades de indígenas y los colonos, y qué medidas ha tomado su gobierno contra los autores de esta deforestación.
  3. Podría explicarnos las acciones concretas de reforestación implementadas entre el 2006 y el 2018 en el Polígono Siete del Parque Nacional Isiboro Sécure y cuáles han sido los resultados en términos de cantidad de hectáreas y situación de esas áreas reforestadas.

Cultivos de coca

  1. Podría clarificarnos qué cantidad de hectáreas de cultivos de coca existían el año 2004 en el Polígono Siete del Parque Nacional Isiboro Sécure, cuando se suscribió el convenio entre el expresidente Carlos Mesa y Evo Morales, presidente de las Seis Federaciones del Trópico de Cochabamba.
  2. Podría explicarnos cuáles son las razones del 28% de incremento en los cultivos de hoja de coca en el Polígono Siete pasando de 861 hectáreas a 1.109 hectáreas entre 2015 y 2017, según los informes de monitoreo de cultivos de coca de la Oficina de Naciones Unidas contra la Droga y el Delito (UNODC).
  3. Podría explicarnos cuáles son las metas y plazos del gobierno del Estado Plurinacional de Bolivia para reducir los cultivos de coca en el Polígono Siete del Parque Nacional Isiboro Sécure.
  4. Podría explicarnos cuáles son las razones por las cuales los cultivos de hoja de coca se han incrementado 275% en el Parque Nacional Isiboro Sécure (excluyendo el Polígono Siete) pasando de 12 a 33 hectáreas entre los años 2015 y 2017 según los informes de UNODC.
  5. Podría clarificarnos si la hoja de coca que se produce en el Polígono Siete es apta para su masticación tradicional (acullico), y cuál es el destino de las 2.270 a 3.065 toneladas de hoja de coca que se producen anualmente según parámetros de UNODC.
  6. Podría explicar cuál es el estado de la demarcación de la línea roja que delimita el Polígono Siete, y qué instancia se encarga de controlar el no avance de la zona colonizada dentro del territorio indígena del TIPNIS.

Población indígena

  1. Podría detallar el número y nombre de las comunidades indígenas Yuracarés, Tsimanes y Mojeño-Trinitarias que existían dentro el Polígono Siete del Parque Nacional Isiboro Sécure, según el censo indígena del Parque Nacional Isiboro Sécure de 1993, y explicarnos cuál es su actual situación en términos de titulación colectiva de la tierra, preservación de su idioma, fortalecimiento de su cultura y acceso a su territorio ancestral.
  2. Podría informarnos qué cantidad de colonos habían en el Polígono Siete del Parque Nacional Isiboro Sécure a principios de la década del 90, según los diferentes censos, y qué cantidad de colonos habitan ese territorio en la actualidad.

Consulta para el consentimiento libre previo e informado e intangibilidad

  1. Podría explicarnos por qué no se realizó la consulta para el consentimiento previo libre e informado a las comunidades indígenas del territorio indígena del TIPNIS, antes de suscribir el contrato con OAS y el crédito con el Banco Nacional de Desarrollo Económico Social (BNDES) del Brasil.
  2. Podría aclararnos si es cierto que durante la consulta que se realizó en 2012 a comunidades indígenas del TIPNIS, representantes del gobierno explicaron que el término “intangibilidad” significaba que no se puede cortar ni una rama de un árbol ni hacer ninguna clase de proyectos, tal cómo lo dijo el vicepresidente Álvaro García Linera el 4 de agosto de 2017 en una entrevista televisiva: “la intangibilidad… significa que usted no puede sacar una hoja, usted no puede levantar una rama, usted no puede tocar nada, es decir, no puede hacer una escuela, un hospital, no puede hacer perforaciones para colocar agua potable para los compañeros”.
  3. Podría explicarnos por qué si la definición de intangibilidad del vicepresidente Álvaro García Linera es correcta, hemos podido apreciar que entre el 2011 y el 2017 se han construido postas sanitarias, tomas de agua, telecomunicaciones satelitales y caminos vecinales en la comunidad de Trinidacito y regiones aledañas que están en el centro del TIPNIS.
  4. Podría explicarnos por qué si la intangibilidad estaba vigente en el Parque Nacional Isiboro Sécure -que incluye el Polígono Siete- se procedió a construir tres puentes de gran envergadura dentro de dicho Polígono Siete.
  5. Podría proporcionarnos la documentación de respaldo de los procesos de consulta realizados a comunidades indígenas Moxeño-Trinitarios, Tchimanes, Yuracarés, y Moxeño-Ignaciano de la Tierra Comunitaria de Origen Territorio Indígena Multiétnico (TIM), para la construcción del Tramo III Santo Domingo – San Ignacio de Moxos.

Chaparina

  1. Después de 7 años de investigación, podría aclararnos quiénes fueron los autores intelectuales y materiales de la represión policial a los marchistas de la octava marcha indígena ocurrida el 25 de septiembre de 2011.
  2. Podría informarnos qué sanciones han recibido los autores intelectuales y materiales de la represión de Chaparina, y qué medidas ha asumido el Estado Plurinacional de Bolivia para que no se repita esta grave violación a los derechos humanos.

Concesiones de exploración petrolera

  1. Podría informarnos si se han otorgado concesiones de exploración y/o explotación petrolera que abarcan parte del Parque Nacional Isiboro Secure: número de concesiones, empresa titular, fecha de otorgación, años de vigencia, estado de situación de la concesión, etc.

Impactos de una futura carretera y derechos de la Madre Tierra

  1. Podría explicarnos qué medidas adoptará el gobierno para evitar la deforestación que provocará la construcción de una carretera por el TIPNIS, y que según parámetros de otras carreteras en la Amazonía genera un promedio de 3 km de caminos vecinales por km de carretera y una deforestación que se extiende a más de 20 km de distancia de la carretera.
  2. Podría clarificarnos qué especies animales y plantas se encuentran en peligro de extinción en el Parque Nacional Isiboro Sécure, cómo la construcción de la carretera podría agravar su situación y qué medidas asumirá el gobierno de Bolivia para evitar que esto ocurra.
  3. Podría informarnos sobre los estudios que ha realizado el gobierno de Bolivia, sobre los impactos de la expansión de la deforestación en el Parque Nacional Isiboro Sécure y la generación de nubes y lluvia en otras regiones de Bolivia.
  4. Podría informarnos qué disposiciones legales, operativas y administrativas ha adoptado el Estado Plurinacional de Bolivia desde la aprobación de la ley Nº71 de Derechos de la Madre Tierra, para la protección de la inconmensurable biodiversidad que se encuentra en el Parque Nacional Isiboro Sécure.
  5. Podría explicarnos por qué hasta la fecha no se ha puesto en funcionamiento la Defensoría de la Madre Tierra creada por el Artículo 10° de la Ley Nº 71 de Derechos de la Madre Tierra.
  6. Podría explicarnos las posibles afectaciones y beneficios a las comunidades indígenas Yuracarés, Tchimanes y Moxeño-Trinitarios de construirse una carretera que una los tramos I y III.

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TIDN solicita información sobre el TIPNIS al gobierno de Bolivia

El martes 18 de septiembre, Alberto Acosta, miembro del Tribunal Internacional de Derechos de la Naturaleza (TIDN), hizo la entrega oficial al gobierno de Bolivia del cuestionario de solicitud de información, sobre la carretera Villa Tunari – San Ignacio de Moxos en el Territorio Indígena y Parque Nacional Isiboro Sécure (TIPNIS) y las Reglas del Procedimiento del TIDN.

Ambos documentos fueron acordados a ser enviados durante la reunión que sostuvieron miembros del Tribunal con el ministro de gobierno, Carlos Romero; la vicecanciller, Carmen Almendras; y la viceministra de Medio Ambiente, Cynthia Silva.

Las respuestas al cuestionario serán incluidas en el informe de la comisión del Tribunal sobre su visita a Bolivia que será presentado en octubre. En agosto de 2017 una delegación del TIDN visitó el TIPNIS a invitación de la dirigencia y comunidades que rechazan el proyecto carretero desde 2011. En ese oportunidad la comisión fue invitada por el Consejo Indígena del Sur (Conisur) al polígono 7, zona colonizada, pero no pudieron ingresar por un bloqueo cocalero.

entrega de cuestionario TIDN Embajada de Bolivia-Ecuador
Alberto Acosta, miembro del TIDN al momento de entregar la carta ante la embajada de Bolivia en Ecuador. Fuente: TIDN, 2018.

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